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Documento BOE-A-1996-28421

Resolución de 11 de noviembre de 1996, de la Dirección General de Cultura de la Consejería de Educación y Cultura, por la que se incoa expediente para declarar bien de interés cultural, con categoría de monumento, el inmueble correspondiente al convento de los Carmelitas Descalzos, localizado en Toledo.

Publicado en:
«BOE» núm. 305, de 19 de diciembre de 1996, páginas 37764 a 37765 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha
Referencia:
BOE-A-1996-28421

TEXTO ORIGINAL

Vista la propuesta formulada por los Servicios Técnicos correspondientes, esta Dirección General de Cultura ha acordado:

Primero.-Incoar expediente para declarar bien de interés cultural, con la categoría de monumento, el inmueble que se describe en el anexo.

Segundo.-Disponer la apertura de un período de información pública, a fin de que todos cuantos tengan interés en el asunto puedan examinar el expediente y alegar lo que consideren oportuno, durante el plazo de veinte días hábiles siguientes a la publicación de la presente Resolución en las dependencias de esta Dirección General de Cultura (plaza Cardenal Silíceo, sin número, Toledo), y ello de conformidad con lo establecido en el artículo 86 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Tercero.-Continuar la tramitación del expediente de acuerdo con las disposiciones en vigor.

Cuarto.-Hacer saber al Ayuntamiento de Toledo que, según lo dispuesto en los artículos 11 y 16 de la Ley 16/1985, del Patrimonio Histórico Español, las obras que hayan de realizarse en dicho inmueble, o en su entorno, no podrán llevarse a cabo sin aprobación previa del proyecto correspondiente por el órgano autonómico con competencia en la materia (Comisión del Patrimonio Histórico respectiva o, en su caso, esta propia Dirección General de Cultura).

Quinto.-Notificar el presente Acuerdo a los interesados, así como al Registro General de Bienes de Interés Cultural, para su anotación preventiva.

Sexto.-Promover la publicación del presente Acuerdo en el «Diario Oficial de Castilla-La Mancha» y en el «Boletín Oficial del Estado», a efectos de lo dispuesto en los artículos 59, apartados 4 y 5, y 60 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Toledo, 11 de noviembre de 1996.-La Directora general, María Ángeles Díaz Vieco.

ANEXO

Descripción histórico-artística

El conjunto conventual debió de ser edificado entre 1643 y 1655; y consta que su portada de piedra se contrató en 1651, según trazas del arquitecto, carmelita descalzo, fray Pedro de San Bartolomé.

El edificio dispone sus dependencias en torno a un patio, cuyo piso principal lo forman cuatro galerías, con bóvedas de medio cañón con lunetos; salvo en los tramos de esquina, que están cubiertos con bóvedas de aristas.

La iglesia es de planta rectangular, estructurada en tres naves; aunque los tramos de las laterales quedan marcadamente individualizados, a modo de capillas, por sus bóvedas cupuliformes. Tiene nave central de doble ancho, más alta que las laterales, amplio crucero de brazos cortos, en cuyo tramo central se levanta una cúpula sobre pechinas, así como la capilla mayor y un amplio coro, en alto, a los pies del templo. Las bóvedas de la nave central, del coro y de los laterales del crucero, son de medio cañón. Se disponen yeserías decorativas, de libre diseño, en consonancia con la práctica habitual del seiscientos toledano, tanto en las bóvedas del crucero y del presbiterio como en la cúpula.

El exterior es, en general, de ladrillo visto con rafas de mampostería, de volúmenes cúbicos y perfiles rectilíneos; con un cimborrio cuadrangular que enmascara la cúpula.

La portada en piedra es de tipo retablo-cuerpo y ático con hornacina y presenta, como soportes fundamentales, no ya columnas, sino pilastras toscanas.

Objeto de la declaración

Inmueble correspondiente al convento de los Carmelitas Descalzos, localizado en Toledo.

Área de protección

Vendría definida por:

Manzana: 23300, parcelas 42, 44, 50, 51 y 53 completas.

Manzana: 24292, parcelas 01 y 03 completas.

Manzana: 25290, parcela 02 completa.

Manzana: 25305, parcelas 01 y 05 completas.

Manzana: 26300, parcelas 26, 05, 06 y 14 completas.

Manzana: 25308, parcela 04 completa.

Manzana: 24315, parcelas 07, 08, 09, 19, 12, 13, 14, 15, 16, 17 y 18 completas.

El área de protección afecta, asimismo, a todos los espacios públicos contenidos por la línea que bordea el perímetro exterior de las citadas manzanas y parcelas y las une entre sí.

Todo ello según plano adjunto.

Se juzga necesario posibilitar el control administrativo establecido en la legalidad del Patrimonio Histórico sobre el área de protección señalada, en razón de que cualquier intervención en ella se considera susceptible de afectar, negativamente, a la conservación o a la contemplación del bien objeto de tutela.

(PLANO OMITIDO)

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