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Documento BOE-A-1996-2845

Resolución de 9 de enero de 1996, del Departamento de Cultura, por la que se da publicidad al Acuerdo del Gobierno de la Generalidad de 28 de diciembre de 1995 de reclasificación como bien cultural de interés nacional, en la categoría de conjunto histórico, de la cala S?Alguer, en Palamós, y de delimitación de su entorno de protección.

Publicado en:
«BOE» núm. 35, de 9 de febrero de 1996, páginas 4755 a 4756 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad Autónoma de Cataluña
Referencia:
BOE-A-1996-2845

TEXTO ORIGINAL

Considerando que en fecha 28 de diciembre de 1995 el Gobierno de la Generalidad de Cataluña reclasificó como bien cultural de interés nacional, en la categoría de conjunto histórico, la cala S'Alguer, en Palamós (Baix Empordà), y delimitó su entorno de protección.

De acuerdo con lo que establece el artículo 12 de la Ley 9/1993, de 30 de septiembre, del Patrimonio Cultural Catalán, resuelvo:

Que se publique íntegramente en el «Diario Oficial de la Generalidad de Cataluña» el Acuerdo del Gobierno de 28 de diciembre de 1995, de reclasificación como bien cultural de interés nacional, en la categoría de conjunto histórico, de la cala S'Alguer, en Palamós, y de delimitación de su entorno de protección.

Barcelona, 9 de enero de 1996.-El Consejero, Joan Guitart i Agell.

Acuerdo de 28 de diciembre de 1995, del Gobierno de la Generalidad, de reclasificación como bien cultural de interés nacional, en la categoría de conjunto histórico, de la cala S'Alguer, en Palamós (Baix Empordà), y de delimitación de su entorno de protección.

La cala S'Alguer, de Palamós, fue declarada paraje pintoresco mediante el Decreto de 15 de septiembre de 1971 («Boletín Oficial del Estado» de 24 de octubre de 1972).

La disposición adicional 5 de la Ley 9/1993, de 30 de septiembre, del Patrimonio Cultural Catalán, obliga a reclasificar, en el plazo de tres años, todos los parajes pintorescos a favor de alguna de las figuras de protección del artículo 7 de la Ley del Patrimonio Cultural Catalán o de la legislación de espacios naturales.

En cumplimiento de esta previsión legal, el Departamento de Cultura analizó la protección más idónea para la cala S'Alguer, y visto el informe de la Dirección General del Patrimonio Cultural que motiva la necesidad de proteger la cala S'Alguer, en Palamós, por sus valores culturales, en la categoría de conjunto histórico, y de delimitar su entorno de protección, por Resolución de 2 de mayo de 1995 ( «Diario Oficial de la Generalidad de Cataluña» del 22), se incoó expediente de reclasificación como bien cultural de interés nacional, en la categoría de conjunto histórico, de la cala S'Alguer, en Palamós.

Considerando que, de acuerdo con los artículos 14, 15 y 16 de la Ley de 13 de mayo de 1933, sobre defensa, conservación y acrecentamiento del patrimonio histórico-artístico, que era la legislación vigente cuando se tramitó la declaración de paraje pintoresco, en todo expediente para la declaración de paraje pintoresco era necesario el informe vinculante de una o dos, según los casos, de las instituciones consultivas que indican dichos preceptos, por lo que los informes previstos en el artículo 8.3 de la Ley 9/1993, del Patrimonio Cultural Catalán, se deben considerar emitidos;

Considerando que se han cumplido todos los trámites preceptivos en la instrucción de este expediente, de acuerdo con lo que establecen el artículo 8.2 de la Ley 9/1993, de 30 de septiembre, del Patrimonio Cultural Catalán, y los artículos 84 y 86 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Vistas las alegaciones presentadas durante la tramitación del expediente y considerando que no desvirtúan el contenido de esta reclasificación,

A propuesta del Consejero de Cultura, el Gobierno acuerda:

1. Reclasificar como bien cultural de interés nacional, en la categoría de conjunto histórico, la cala S'Alguer, en Palamós, según la descripción y ubicación que constan en el anexo 1 de este Acuerdo.

2. Delimitar su entorno de protección, cuya justificación figura en el anexo 2, y que queda grafiado en el plano que se publicó en el «Diario Oficial de la Generalidad de Cataluña» número 2053, de 22 de mayo de 1995, junto con la Resolución de 2 de mayo de 1995, de incoación del expediente de reclasificación.

ANEXO 1

Descripción y ubicación

La cala S'Alguer, tradicional poblado de pescadores, se encuentra en el término municipal de Palamós (Baix Empordà), entre La Fosca y la playa de Castell, cerca del antiguo castillo de Sant Esteve de Mar. Alineadas ante el mar y protegidas bajo la zona boscosa que les da cobijo, se encuentran las barracas de pescadores, antiguas construcciones destinadas a guardar las barcas y los aperos de pesca, que conservan todo su encanto como bello testimonio de una actividad humana intrínsecamente relacionada con el mar. Estas construcciones, con paredes de piedra y bóvedas de cerámica a la catalana con tres capas de ladrillo, disponen de terrazas y rampas naturales para varar las barcas. Son un importante ejemplo de arquitectura popular y tradicional plenamente integrada en el paisaje.

ANEXO 2

Justificación del entorno de protección

Se ha definido un sector de territorio que rodea el conjunto hasta la costa, y se inicia en el lado de la playa de Castell, según una línea imaginaria situada a 80 metros del límite del conjunto por aquel sector y que gira después siguiendo la cota 35 en dirección oeste hasta llegar al camino que hace de límite con la zona urbanizada de Fosca de Mar.

Se ha definido esta línea delimitadora del entorno, y no otra, porque engloba el área mínima suficiente de terreno que garantiza al conjunto histórico de la cala S'Alguer un telón de fondo neutro, arbolado y sin edificar, que permite salvaguardar y destacar las características arquitectónicas propias del conjunto, constituyendo una prolongación natural en el paisaje del ámbito del conjunto histórico referido.

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