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Documento BOE-A-1996-28789

Resolución de 23 de septiembre de 1996, de la Dirección General del Patrimonio Cultural de la Consejería de Educación y Cultura, por la que se incoa expediente de delimitación del entorno de la iglesia parroquial de Santiago Apóstol, en Villa del Prado (Madrid).

Publicado en:
«BOE» núm. 309, de 24 de diciembre de 1996, páginas 38419 a 38420 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad de Madrid
Referencia:
BOE-A-1996-28789

TEXTO ORIGINAL

Vista la propuesta de delimitación del entorno de la iglesia parroquial de Santiago Apóstol de Villa del Prado (Madrid), declarada monumento histórico artístico, hoy bien de interés cultural, por Orden de 30 de diciembre de 1980 («Boletín Oficial del Estado» de 23 de febrero de 1981), formulada por el Servicio de Promoción del Patrimonio Histórico, y, en virtud de lo dispuesto en los artículos 11.2 y 18 de la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español, y el artículo 13 del Decreto 288/1995, de 30 de noviembre, por el que se aprueban las competencias y estructura orgánica de la Consejería de Educación y Cultura,

Esta Dirección General ha resuelto:

Primero.-Incoar expediente de delimitación del entorno de la iglesia parroquial de Santiago Apóstol, sita en Villa del Prado (Madrid), declarada monumento histórico artístico por Orden de 30 de diciembre de 1980 («Boletín Oficial del Estado» de 23 de febrero de 1981), cuya motivación y descripción literal y gráfica figuran como anexo de la presente Resolución.

Segundo.-Continuar la tramitación del expediente, de conformidad con la legislación vigente.

Tercero.-Comunicar al Ayuntamiento de Villa del Prado la incoación del expediente, haciéndole saber que, según lo dispuesto en los artículos 16 y 19 de la Ley 16/1985, del Patrimonio Histórico Español, es preceptiva la previa autorización, por parte de esta Dirección General del Patrimonio Cultural, para el otorgamiento de licencias municipales de obras o actuaciones dentro del entorno, determinando, asimismo, la suspensión de los efectos de las ya otorgadas.

Cuarto.-Que la presente Resolución se publique en el «Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid» y en el «Boletín Oficial del Estado» y se comunique a la Dirección General de Bellas Artes y Bienes Culturales del Ministerio de Cultura, a los efectos que proceden, en relación al Registro General de Bienes de Interés Cultural.

Madrid, 23 de septiembre de 1996.-El Director general, José Miguel Rueda Muñoz de San Pedro.

ANEXO

A) Motivación de la delimitación del entorno del monumento

La razón por la que se considera éste como entorno afectado por el monumento se fundamenta en las siguientes consideraciones:

Proteger y favorecer al monumento en su consideración de hito, dentro del casco antiguo.

Velar por la adecuación de las intervenciones arquitectónicas, en favor de la puesta en valor del monumento.

Evitar la alteración o pérdida de los valores ambientales o paisajísticos, asociados a la percepción del monumento, procurando, asimismo, la consolidación del parcelario histórico, del que el monumento es parte integrante.

B) Descripción literal de la delimitación

El entorno afectado es aquel que define el interior del ámbito de la línea continua, cerrada, gruesa y grafiada en el plano adjunto, y que comprende lo siguiente:

La totalidad de las parcelas catastrales de las manzanas 91950, 91940 y 91948.

Las parcelas catastrales siguientes:

En la manzana catastral 91064, parcela número 2.

En la manzana catastral 92958; parcelas números 8, 9, 10, 11 y 13.

En la manzana catastral 92955; parcelas números 12, 16, 17, 18 y 19.

En la manzana catastral 92944; parcelas números 01, 02, 03, 04, 05, 21 y 22.

En la manzana catastral 92946; parcelas números 01, 02, 03, 04, 05, 19, 20, 21 y 00.

En la manzana catastral 91941; parcelas números 02, 03 y 04.

En la manzana catastral 90052; parcelas números 39, 40, 41, 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48 y 49.

En la manzana catastral 91011, parcelas números 03, 04 y 05.

Además del viario y espacios públicos, contenidos en el interior del perímetro definido en el plano adjunto, y que se detalla a continuación:

En su totalidad, Plaza Mayor, plaza de Santiago y calle de la Iglesia.

Los tramos siguientes:

Calle del General Varela, desde el vértice noroeste de la parcela 05 de la manzana catastral 91011 hasta la Plaza Mayor.

Calle de la Florida, desde el límite noroeste de la manzana catastral 91950 hasta la Plaza Mayor.

Calle de los Remedios, desde la parcela 13 de la manzana catastral 92958 hasta la calle de la Iglesia.

Calle del General Franco, desde la parcela 17 de la manzana catastral 92955 hasta la plaza de Santiago.

Calle del Álamo, desde el extremo sureste de la parcela 5 de la manzana catastral 92944 hasta la plaza de Santiago.

Calle de José Antonio, desde los límites sur de las parcelas 5 y 21 de las catastrales correspondientes 92946 y 92944, respectivamente, hasta la plaza de Santiago.

Calle de Santiago, desde el extremo sureste de la parcela 02 de la manzana catastral 91941 hasta la plaza de Santiago.

Calle del Arroyo de la Plaza, desde el fondo sureste de la manzana catastral 91940 hasta la Plaza Mayor.

Calle de Escalona, desde el fondo sur de la manzana catastral 91948 hasta la Plaza Mayor.

C) Descripción gráfica

Se adjunta plano.

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