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Documento BOE-A-1996-28889

Resolución de 30 de agosto de 1996, de la Agencia Española de Cooperación Internacional, por la que se conceden becas de postgrado de gestión conjunta ICMAMPD y Universidad de Valladolid, curso 1996-1997.

Publicado en:
«BOE» núm. 311, de 26 de diciembre de 1996, páginas 38501 a 38501 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Asuntos Exteriores
Referencia:
BOE-A-1996-28889

TEXTO ORIGINAL

En uso de las facultades conferidas por la Orden de 26 de marzo de 1992, por la que se regula la concesión de becas y ayudas de formación, investigación, intercambio, promoción y de viajes y estancia, de la Agencia Española de Cooperación Internacional,

Esta Presidencia, en virtud de las competencias atribuidas en el Real Decreto 1141/1996 («Boletín Oficial del Estado» de 25 de mayo), ha resuelto:

Primero.-Conceder beca, durante el período indicado, a los estudiantes extranjeros que a continuación se relacionan, de acuerdo con lo establecido en la Resolución de Presidencia de la Agencia Española de Cooperación Internacional de 22 de febrero de 1996 («Boletín Oficial del Estado» de 12 de marzo), por la que se aprueba la convocatoria general de becas y ayudas del Instituto de Cooperación en el Mundo Árabe, Mediterráneo y Países en Desarrollo (ICMAMPD), anexo, capítulo I, punto 7:

Doña Isabel Santos Costa (Angola), 1 de enero de 1997-30 de junio de 1997.

Doña Teresa Vieira (Angola), 1 de enero de 1997-30 de junio de 1997.

Doña Sara Martins (Angola), 1 de enero de 1997-30 de junio de 1997.

Doña Carol Nicholas Eirene (Ghana), 1 de octubre de 1996-30 de junio de 1997.

Doña Araba Essilfua Koomson (Ghana), 1 de octubre de 1996-30 de junio de 1997.

Doña Sina Seidon (Benin), 1 de octubre de 1996-30 de octubre de 1997.

Don Isaac Amugada (Kenia), 1 de octubre de 1996-30 de septiembre de 1997.

Doña Faton Kane (Senegal), 1 de octubre de 1996-30 de septiembre de 1997.

Don Olan Preltisranyanont (Thailandia), 1 de octubre de 1996-30 de septiembre de 1997.

Los derechos económicos que generan estas becas son:

Mensualidad de 40.000 pesetas, a deducir la retención fiscal correspondiente.

Seguro de asistencia sanitaria persona/mes: 2.400 pesetas.

Segundo.-El compromiso económico correspondiente al año 1997 queda pendiente de la aprobación de la Ley de Presupuestos de 1997 y la existencia de crédito para tal fin.

Tercero.-Ordenar la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de las ayudas reconocidas en esta Resolución, en los términos previstos en la citada Orden de 26 de marzo de 1992.

Madrid, 30 de agosto de 1996.-El Presidente, P. D. (Resolución de 30 de mayo de 1996, «Boletín Oficial del Estado» de 4 de junio), el Secretario general, Luis Espinosa Fernández.

Ilmos. Sres. Director general del Instituto de Cooperación con el Mundo Árabe, Mediterráneo y Países en Desarrollo y Vicesecretaria general de la Agencia Española de Cooperación Internacional.

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