Habiéndose dictado por la Audiencia Nacional, con fecha 18 de octubre de 1995, sentencia firme en el recurso contencioso-administrativo número 940/1993, promovido por «Francisco Rodríguez Pérez, Sociedad Anónima», sobre sanción por infracción en materia de pesca marítima; reconocimiento de trienios; sentencia cuya parte dispositiva dice así:
«Fallamos: Estimar el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la representación procesal de la entidad mercantil "Francisco Rodríguez Pérez, Sociedad Anónima", contra las Resoluciones a que se contraen las presentes actuaciones, que se anulan por no ser conformes a Derecho, al estar prescritas las infracciones en ellas sancionadas, con las inherentes consecuencias legales, singularmente las de dejar sin efecto las sanciones impuestas.
Sin expresa imposición de costas.»
Este Ministerio ha tenido a bien disponer se cumpla en sus propios términos la precitada sentencia.
Madrid, 19 de enero de 1996.-D. (Orden de 14 de marzo de 1995), el Director general de Servicios, José Manuel Sánchez San Miguel.
Ilmos. Sres. Subsecretario del Departamento y Director general de Recursos Pesqueros.
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