En el recurso contencioso-administrativo número 330/1992-03, seguido ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección Novena, del Tribunal Superior de Justicia de Madrid entre doña Carmen Godia Bull y la Administración General del Estado, sobre valoración de la obra titulada «El Profeta Jeremías», ha recaído sentencia, en fecha 10 de noviembre de 1994, cuyo fallo es el siguiente:
«Fallamos: Que desestimando el recurso contencioso-administrativo formulado por el Procurador don José Alberto Azpeitia Sánchez, en nombre y representación de doña Carmen Godia Bull, contra la Resolución, de fecha 28 de agosto de 1989, dictada por la Subdirección General de Protección del Patrimonio Histórico, debemos declarar y declaramos que dicha Resolución está ajustada a Derecho.»
En virtud de lo cual, este Ministerio dispone que se cumpla en sus propios términos la referida sentencia y que se publique dicho fallo en el «Boletín Oficial del Estado».
Lo que comunico a V. I. para su conocimiento y efectos.
Madrid, 7 de diciembre de 1995.-P. D. (Orden de 9 de junio de 1994), el Subsecretario, Enrique Linde Paniagua.
Ilmo. Sr. Director general de Bellas Artes y de Conservación y Restauración de Bienes Culturales.
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