Como consecuencia del expediente incoado en aplicación del Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto («Boletín Oficial del Estado» número 212, de 5 de septiembre), por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, en relación con los equipos, aparatos, dispositivos y sistemas a que se refiere el artículo 29 de dicho texto legal, a instancia de CELINSA, con domicilio social en Villaviciosa de Odón, polígono industrial «Los Llanos», nave 11, código postal 28670,
Esta Dirección General ha resuelto otorgar el certificado de aceptación al transmisor para telemando, marca «Celinsa», modelo K-3, con la inscripción E 00 95 0741, que se inserta como anexo a la presente Resolución.
En cumplimiento de lo previsto en el artículo 18.2 del Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto, la validez de dicho certificado queda condicionada a la obtención del número de inscripción en el Registro de Importadores, Fabricantes o Comercializadores que otorgará la Administración de Telecomunicaciones.
Madrid, 23 de octubre de 1995.-El Director general, Reinaldo Rodríguez Illera.
ANEXO
Certificado de aceptación
En virtud de lo establecido en el Reglamento de desarrollo de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, en relación con los equipos, aparatos, dispositivos y sistemas a que se refiere el artículo 29 de dicho texto legal, aprobado por Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto («Boletín Oficial del Estado» número 212, de 5 de septiembre), se emite por la Dirección General de Telecomunicaciones el presente certificado de aceptación, para el
Equipo: Transmisor para telemando.
Fabricado por: CELINSA, en España.
Marca: «Celinsa».
Modelo: K-3.
por el cumplimiento de la normativa siguiente:
Real Decreto 2255/1994, de 25 de noviembre («Boletín Oficial del Estado» de 5 de enero de 1995), /
con la inscripción / E / 00 95 0741 /
y plazo de validez hasta el 31 de octubre de 2000.
Advertencia:
Potencia máxima: 10 mW.
Separación canales adyacentes: 10 kHz.
Modulación: Frecuencia.
Frecuencias utilizables: 29,710/30,295 MHz, según UN-8 del CNAF.
Y para que surta los efectos previstos en el punto 17 del artículo 1.º de la Ley 32/1992, de 3 de diciembre, de modificación de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones («Boletín Oficial del Estado» número 291, del 4), expido el presente certificado.
Madrid, 23 de octubre de 1995.-El Director general de Telecomunicaciones, Reinaldo Rodríguez Illera.
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