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Documento BOE-A-1996-310

Orden de 4 de diciembre de 1995 por la que se dispone el cumplimiento de la sentencia dictada por el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, en el recurso contencioso-administrativo número 546/1987, interpuesto por don Manuel Marcos Guerra.

Publicado en:
«BOE» núm. 5, de 5 de enero de 1996, páginas 409 a 409 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Sanidad y Consumo
Referencia:
BOE-A-1996-310

TEXTO ORIGINAL

Para general conocimiento y cumplimiento en sus propios términos, se publica el fallo de la sentencia firme dictada con fecha 11 de septiembre de 1995 por el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (Valladolid), en el recurso contencioso-administrativo número 546/1987, promovido por don Manuel Marcos Guerra, contra resolución expresa de este Ministerio desestimatoria de la solicitud formulada sobre indemnización de daños y perjuicios ocasionados por una supuesta deficiencia de asistencia médica, cuyo pronunciamiento es del siguiente tenor:

«Fallamos: Que desestimando la alegación de incompetencia del orden jurisdiccional, formulada por la Administración demandada, debemos asimismo desestimar y desestimamos el presente recurso contencioso-administrativo; sin expresa imposición de costas.»

Lo que digo a V. I. a los efectos de lo dispuesto en el artículo 103 de la vigente Ley reguladora de la Jurisdicción de lo Contencioso-Administrativo.

Madrid, 4 de diciembre de 1995.-P. D. (Orden de 2 de noviembre de 1994, «Boletín Oficial del Estado» del 4), el Subsecretario, José Luis Temes Montes.

Ilma. Sra. Directora general del Instituto Nacional de la Salud.

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