Está Vd. en

Documento BOE-A-1996-3859

Resolución de 29 de enero de 1996, de la Dirección General de Relaciones Culturales y Científicas, por la que se convocan becas para profesores extranjeros de español durante el verano de 1996.

Publicado en:
«BOE» núm. 45, de 21 de febrero de 1996, páginas 6453 a 6454 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Asuntos Exteriores
Referencia:
BOE-A-1996-3859

TEXTO ORIGINAL

La Dirección General de Relaciones Culturales y Científicas, de conformidad con el Real Decreto 2225/1993, de 17 de diciembre, con el artículo 81 de la Ley General Presupuestaria, con la Orden del Ministerio de Asuntos Exteriores número 16225, de 13 junio de 1994, «Boletín Oficial del Estado» de 13 de julio, y en el marco de los programas que vienen realizando la Secretaría de Estado de Cooperación Internacional y para Iberoamérica de este Ministerio y la Secretaría General Técnica del Ministerio de Educación y Ciencia y de los convenios firmados con la Universidad Complutense de Madrid y la Universidad de Alcalá de Henares, convoca becas, según anexo y con cargo al crédito presupuestario 12.03.134 B 491, destinadas a Profesores extranjeros de español, de los países referenciados en los apartados 1 y 2 del anexo, para cursos en España sobre cultura española y didáctica y metodología del español durante el verano de 1996.

Presentación de candidaturas.-Las candidaturas se presentarán en los Servicios Culturales de la Embajada de España en el país en el que el candidato ejerza su docencia, antes del día 31 de de marzo de 1996.

Selección.-Los organismos competentes de cada país efectuarán una preselección, que no tendrá carácter determinante ni vinculante y propondrán a la Dirección General de Relaciones Culturales y Científicas, por vía oficial, los candidatos para estas becas, adjuntando la lista general de solicitantes. La preselección se efectuará mediante un régimen de concurrencia competitiva basado en los méritos alegados por el candidato y en la documentación aportada. En el proceso de selección se tendrán en cuenta la titulación, su experiencia en la docencia del español, la información confidencial que, sobre él, facilite el Director de su centro de trabajo, la importancia de dicho centro para la difusión en el país de la lengua y cultura españolas y, en general, todos los méritos alegados por el solicitante en el currículum vitae. En la medida de lo posible y condicionado a la calidad de los expedientes, se aplicará un criterio de distribución geográfica de las becas dentro de cada país. Los órganos de preselección especificarán en su propuesta la relación total de solicitantes, concretando los criterios de valoración considerados al efectuar la preselección.

La resolución definitiva, corresponderá a la Dirección General de Relaciones Culturales y Científicas, con el asesoramiento de la Universidad Complutense de Madrid (Escuela de Verano Española) o Universidad de Alcalá de Henares (Centro de Estudios Norteamericanos), según el caso, quien comunicará su decisión, por vía oficial, a los organismos proponentes para su notificación a los becarios afectados antes del día 31 de mayo de 1996. La lista de becarios se hará pública en el «Boletín Oficial del Estado», mediante Resolución de la Dirección General de Relaciones Culturales y Científicas y se expondrá en el tablón de anuncios de dicha Dirección General y en el de las representaciones españolas en el extranjero a través de las cuales se canalizaron las solicitudes. Contra dicha Resolución se podrá interponer recurso administrativo ordinario en el plazo de un mes, a partir de la fecha de publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de la lista definitiva de becarios ante el señor Secretario de Estado para la Cooperación Internacional y para Iberoamérica, conforme a lo dispuesto en el artículo 114 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Incompatibilidades.-Durante su período de vigencia, estas becas son incompatibles con otras becas o ayudas que puedan ser concedidas por organismos públicos o privados nacionales o extranjeros y están condicionadas a las disponibilidades económicas derivadas de los presupuestos para el año 1996. No podrán ser solicitadas por quienes las hayan obtenido anteriormente ni por Profesores de nacionalidad española.

Obligaciones de los becarios.-Los beneficiarios de las becas estarán obligados a facilitar cuanta información les sea requerida por el Tribunal de Cuentas y demás órganos competentes del Estado. Asimismo, estarán obligados al reintegro de la cantidad recibida e intereses, sin perjuicio de las demás responsabilidades que procedan, conforme al Real Decreto 2225/1993, de 17 de diciembre y al texto refundido de la Ley General Presupuestaria de 23 de diciembre de 1988, aprobado por Real Decreto Legislativo 1091/1988, en caso de no realización u obtención de la beca sin reunir las condiciones requeridas.

Norma supletoria.-Para todos aquellos extremos no previstos en la presente Resolución, se aplicará, con carácter supletorio, lo previsto en el Real Decreto 2225/1993, de 17 de diciembre.

Documentación.-Los candidatos presentarán la siguiente documentación:

a) Impreso de solicitud, cumplimentado en su totalidad (lo facilita la Embajada de España en el país correspondiente).

b) Fotocopia del pasaporte o acreditación de nacionalidad.

c) Currículum vitae.

d) Constancia del título.

e) Carta confidencial de presentación del Director del Centro docente en el que trabaje el candidato, enviada directamente en sobre cerrado a los Servicios Culturales de la Embajada de España en el país correspondiente.

f) Carta en español del solicitante explicando sucintamente su experiencia profesional y los motivos por los que desea acceder a la beca, comprometiéndose a asistir regularmente al curso y a aceptar los sistemas de control establecidos por los organizadores del mismo y haciendo constar que no se ha beneficiado anteriormente de esta misma beca.

Madrid, 29 de enero de 1996.-El Director general, Delfín Colomé Pujol.

ANEXO

1. Curso para Profesores norteamericanos de origen hispano:

Candidatos: Profesores norteamericanos, de origen hispano, de enseñanza primaria y secundaria, que impartan clases en Estados Unidos.

Número de becas: Hasta un máximo de 25.

Dotación: Alojamiento y manutención en un colegio mayor universitario desde el 1 al 27 de julio de 1996, ambos inclusive, y seguro médico, no farmacéutico, excepto odontología y enfermedades preexistentes. La manutención de domingos y festivos no está incluida en la beca.

Sede y fechas del curso.-El curso, organizado por el Centro de Estudios Norteamericano de la Universidad de Alcalá de Henares, se celebrará en la Casa de América en Madrid y en la Universidad de Alcalá de Henares del 2 al 26 de julio de 1996.

2. Curso para Profesores extranjeros de español en países de Europa oriental:

Candidatos: Profesores de español en Centros oficiales de enseñanza media, Escuelas oficiales de idiomas o Escuelas oficiales de traductores e intérpretes. En su defecto, podrán ser tomadas en consideración, excepcionalmente, candidaturas de Profesores de español en Universidades.

Número de becas: Hasta un máximo de 60.

Dotación: Alojamiento y manutención en un colegio mayor universitario desde el 7 al 31 de julio de 1996, ambos inclusive, viaje de venida y regreso, seguro médico, no farmacéutico, excepto odontología y enfermedades preexistentes, matrícula gratuita, material didáctico y cultural, participación en diversos actos culturales y 25.000 pesetas en metálico como dinero de bolsillo para gastos varios y manutención de domingos y festivos y cena de sábados.

Sede y fechas del curso: El curso, organizado por la Escuela de Verano Española de la Universidad Complutense de Madrid, tendrá lugar en la Escuela Diplomática del 8 al 30 de julio de 1996.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid