Habiéndose dictado por el Tribunal Superior de Justicia de Murcia, con fecha 15 de noviembre de 1995, sentencia firme en el recurso contencioso administrativo número 2.846/1993, promovido por don Francisco José Martínez García, sobre honorarios correspondientes a peritaje de valoraciones de tierras expropiadas; sentencia cuya parte dispositiva dice así:
«Fallamos: Estimar en parte el recurso interpuesto por don Francisco José Martínez García contra resolución de 9 de octubre de 1992, de la Subdirección General de Infraestructura del Instituto de Reforma y Desarrollo Agrario, y contra la Orden de 13 de octubre de 1993, del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación que desestimaba el recurso de alzada interpuesto contra la primera, actos que quedan anulados y sin efecto por no ser ajustados a Derecho. Fijamos como honorarios devengados por el actor y que deben ser satisfechos por la Administración demandada la cantidad de 3.153.333 pesetas, por los trabajos de peritación a que se refiere este recurso, a cuyo pago condenamos expresamente a la Administración. Lo anterior es sin perjuicio de que la Administración deduzca lo que el actor hubiere recibido en concepto de honorarios cuya percepción debe considerarse a cuenta de los que aquí han sido fijados. Sin costas.»
Este Ministerio ha tenido a bien disponer se cumpla, en sus propios términos, la precitada sentencia.
Madrid, 30 de enero de 1996.-P. D. (Orden de 14 de marzo de 1995), el Director general de Servicios, José Manuel Sánchez San Miguel.
Ilmos. Sres. Subsecretario y Secretario general de Desarrollo Rural y Conservación de la Naturaleza.
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