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Documento BOE-A-1996-4016

Decreto 274/1995, de 28 de diciembre, por el que se declara bien de interés cultural, con categoría de monumento, a favor de la iglesia parroquial de Santo domingo, en Santo Domingo de Pirón (Segovia).

Publicado en:
«BOE» núm. 45, de 21 de febrero de 1996, páginas 6537 a 6537 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad de Castilla y León
Referencia:
BOE-A-1996-4016

TEXTO ORIGINAL

Iglesia románica del siglo XII, de una sola nave y ábside semicircular, con interesantes canecillos en la cornisa.

A los pies llama la atención la torre, torreón inacabado, con grandes canes de piedra, sobre la que se sitúa la espadaña.

Al sur se sitúa un atrio cerrado, con sencilla portada formada por dos arquivoltas y decorada con rosetones.

En el interior se observan arquerías apuntadas, que denotan una transición al gótico.

La Dirección General de Bellas Artes y Archivos, por Resolución de 6 de septiembre de 1983, incoó expediente de declaración como monumento histórico-artístico, a favor de la iglesia parroquial de Santo Domingo, en Santo Domingo de Pirón (Segovia).

Con fecha 31 de octubre de 1984, la Real Academia de Bellas Artes de San Fernando, y con fecha 9 de agosto de 1995 la Universidad de Valladolid, informan favorablemente la declaración.

De conformidad con lo establecido en los artículos 1 y 2 del Decreto 273/1994, de 1 de diciembre, sobre competencias y procedimientos en materia de Patrimonio Histórico en la Comunidad de Castilla y León, la Consejera de Educación y Cultura ha propuesto declarar bien de interés cultural dicho inmueble con la categoría de monumento, y a tal efecto ha hecho constar que se han cumplimentado los trámites preceptivos en la incoación e instrucción del expediente, acompañando un extracto de éste en el que constan los datos necesarios para la declaración y los documentos gráficos correspondientes.

En su virtud, y de acuerdo con lo establecido en la Ley 16/1985, del Patrimonio Histórico Español; Real Decreto 64/1994, de 21 de enero, que modifica el Real Decreto 111/1986, de 10 de enero, de desarrollo parcial de la citada Ley, y Decreto 273/1994, de 1 de diciembre, de la Junta de Castilla y León, a propuesta de la Consejera de Educación y Cultura, visto el informe de la Asesoría Jurídica de esta Consejería, previa deliberación de la Junta de Castilla y León en su reunión del día 28 de diciembre de 1995, dispongo:

Artículo 1

Se declara bien de interés cultural, con categoría de monumento, la iglesia de Santo Domingo, en Santo Domingo de Pirón (Segovia).

Artículo 2

El entorno de protección queda definido por el área que determinan los siguientes límites:

Límite norte y oeste: Arco de circunferencia con centro en el vértice oeste del edificio y radio 120 metros desde la calle de la Iglesia hasta la calle Carretera.

Límite sur: Calle Carretera hasta encontrarse con la prolongación de la calle Fragua y calle Fragua hasta la calle Carretera.

Límite este: Calle Carretera hasta su intersección con la calle Travesía Plaza, calle Travesía Plaza y desde esta calle, recogiendo la manzana 60434 hasta encontrarse con la calle de la Iglesia.

La descripción complementaria del bien a que se refiere el presente Decreto, así como la zona afectada por la declaración, son los que constan en la documentación que obra en el expediente de su razón.

Contra este Decreto, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso de reposición, previo al contencioso-administrativo, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de su publicación, y recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad de Castilla y León, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de la notificación de la resolución expresa del recurso de reposición previo, o en el plazo de un año, si la resolución expresa no se produjera en el plazo de un mes.

Valladolid, 28 de diciembre de 1995.-El Presidente de la Junta de Castilla y León, Juan José Lucas Jiménez.-La Consejera de Educación y Cultura, Josefa E. Fernández Arufe.

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