Este Departamento, examinada la solicitud presentada por la «Caja Rural de Casinos, Sociedad Cooperativa de Crédito V.», y en base a lo dispuesto en el Real Decreto 1684/1990, de 20 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación, dicta la siguiente resolución:
Se autoriza a la «Caja Rural de Casinos, Sociedad Cooperativa de Crédito V.», para actuar como entidad colaboradora en la gestión recaudatoria, con sujeción a lo establecido en el artículo 78 y siguientes del Reglamento General de Recaudación, la Orden de 15 de junio de 1995 y demás normativa aplicable a la prestación del servicio de colaboración, asignándole a tal efecto la autorización número 411.
Contra la presente Resolución podrá interponerse, a tenor de lo dispuesto por el artículo 114 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, recurso ordinario ante la Directora general de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su notificación.
La presente Resolución surtirá efectos desde el día siguiente a su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 4 de diciembre de 1995.-El Director del Departamento de Recaudación, Luis Pedroche y Rojo.
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