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Documento BOE-A-1996-443

Orden de 11 de diciembre de 1995 por la que se dispone la publicación para general conocimiento y cumplimiento del fallo de la sentencia dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el recurso contencioso-administrativo 893/1992, promovido por doña María Luisa Cuesta Marabotto y otros.

Publicado en:
«BOE» núm. 6, de 6 de enero de 1996, páginas 466 a 467 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio para las Administraciones Públicas
Referencia:
BOE-A-1996-443

TEXTO ORIGINAL

La Sala de la Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, ha dictado sentencia, con fecha 1 de junio de 1995, en el recurso contencioso-administrativo número 893/1992, en el que son partes, de una, como demandantes doña María Luisa Cuesta Marabotto y otros y de otra, como demandada, la Administración General del Estado, representada y defendida por el Abogado del Estado.

El citado recurso se promovió contra la Resolución del Ministerio para las Administraciones Públicas de fecha 22 de mayo de 1992, que desestimaba el recurso de alzada interpuesto contra las Resoluciones de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado de diferentes fechas, sobre revisión de las cuantías de las pensiones.

La parte dispositiva de la expresada sentencia contiene el siguiente pronunciamiento:

«Fallamos: Que desestimando el recurso contencioso-administrativo interpuesto por el Letrado señor Cornide Sainz, actuando en nombre y representación de doña María Luisa Cuesta Marabotto, doña María del Carmen Cuesta Marabotto, don Dionisio Castillo Farpón y doña Lucila Núñez Muñoz, contra las Resoluciones de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado de diferentes fechas por las que se desestimaron sus peticiones sobre revisión de las cuantías de las pensiones que venían percibiendo del extinguido Montepío de Funcionarios de la Organización Sindical, así como contra la de 22 de mayo de 1992, de la Subsecretaría del Ministerio para las Administraciones Públicas, por la que se desestimó el recurso de alzada formalizado contra las mismas, debemos declarar y declaramos que dichas Resoluciones son ajustadas a derecho; todo ello sin hacer expresa imposición de costas.»

En su virtud, este Ministerio para las Administraciones Públicas, de conformidad con lo establecido en los artículos 118 de la Constitución, 17.2 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, y demás preceptos concordantes de la vigente Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ha dispuesto la publicación de dicho fallo en el «Boletín Oficial del Estado», para general conocimiento y cumplimiento en sus propios términos de la mencionada sentencia.

Lo que digo a VV. II.

Madrid, 11 de diciembre de 1995.-El Ministro para las Administraciones Públicas.-P. D. (Orden de 11 de septiembre de 1992, «Boletín Oficial del Estado» del 22), el Subsecretario, Manuel Ortells Ramos.

Iltmos. Sres. Subsecretario y Directora general de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado.

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