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Documento BOE-A-1996-4503

Orden de 6 de febrero de 1996 por la que se dispone la publicación, para general conocimiento y cumplimiento, del fallo de la sentencia dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional en el recurso contencioso-administrativo 5/2164/1992, promovido por don Carlos Román Estupiñán.

Publicado en:
«BOE» núm. 50, de 27 de febrero de 1996, páginas 7559 a 7559 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio para las Administraciones Públicas
Referencia:
BOE-A-1996-4503

TEXTO ORIGINAL

La Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional ha dictado sentencia, con fecha 6 de noviembre de 1995, en el recurso contencioso-administrativo número 5/2164/1992, en el que son partes, de una, como demandante, don Carlos Román Estupiñán, y, de otra, como demandada, la Administración General del Estado, representada y defendida por el Abogado del Estado.

El citado recurso se promovió contra la Resolución del Ministerio para las Administraciones Públicas de fecha 29 de septiembre de 1992, que desestimaba el recurso de reposición interpuesto contra la Resolución de la Secretaría de Estado para la Administración Pública de fecha 21 de julio de 1992, sobre fecha de efectos económicos y administrativos de la integración en el Cuerpo General Administrativo.

La parte dispositiva de la expresada sentencia contiene el siguiente pronunciamiento:

«Fallamos:

Primero.-Que rechazando la causa de inadmisibilidad invocada por la Abogacía del Estado, y estimando parcialmente el recurso contencioso-administrativo interpuesto por don Carlos Román Estupiñán, en su propio nombre, contra la Resolución de la Secretaría de Estado para la Administración Pública de 21 de julio y 29 de septiembre de 1992, las anulamos por ser contrarias al ordenamiento jurídico, y declaramos el derecho del recurrente a que su nombramiento como funcionario del Cuerpo General Administrativo se realice con efectos administrativos de 11 de marzo de 1985, y a que se retrotraiga los correspondientes efectos económicos a los cinco años anteriores a su reclamación inicial, de 10 de julio de 1992.

Segundo.-No hacemos una expresa condena en costas.»

En su virtud, este Ministerio para las Administraciones Públicas, de conformidad con lo establecido en los artículos 118 de la Constitución, 17.2 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, y demás preceptos concordantes de la vigente Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ha dispuesto la publicación de dicho fallo en el «Boletín Oficial del Estado», para general conocimiento y cumplimiento, en sus propios términos, de la mencionada sentencia.

Lo que digo a VV. II.

Madrid, 6 de febrero de 1996.-P. D. (Orden de 11 de septiembre de 1992, «Boletín Oficial del Estado» del 22), el Subsecretario, Manuel Ortells Ramos.

Ilmos. Sres. Subsecretario y Director general de la Función Pública.

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