De conformidad con lo establecido en la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, de 27 de diciembre de 1956, dispongo que se cumpla en sus propios términos estimatorios la sentencia dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el recurso 1.232/1988, interpuesto por don César Juan Ortega Bueno, sobre exención del servicio militar.
Madrid, 8 de febrero de 1996.-El Secretario de Estado de Administración Militar, Emilio Octavio de Toledo y Ubieto.
Excmo. Sr. Director general del Servicio Militar.
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