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Documento BOE-A-1996-4674

Orden de 12 de febrero de 1996 por la que se dispone la publicación, para general conocimiento y cumplimiento, del fallo de la sentencia dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el recurso contencioso-administrativo 1.479/1987, promovido por don Alfonso Salvador López.

Publicado en:
«BOE» núm. 52, de 29 de febrero de 1996, páginas 8026 a 8026 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio para las Administraciones Públicas
Referencia:
BOE-A-1996-4674

TEXTO ORIGINAL

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha dictado sentencia, con fecha 6 de marzo de 1990, en el recurso contencioso-administrativo número 1.479/1987, en el que son partes, de una, como demandante, don Alfonso Salvador López, y de otra, como demandada, la Administración General del Estado, representada y defendida por el Abogado del Estado.

El citado recurso se promovió contra la Resolución del Ministerio para las Administraciones Públicas de fecha 2 de julio de 1987, que desestimaba el recurso de reposición interpuesto contra la Resolución de la Secretaría de Estado para la Administración Pública de fecha 23 de marzo de 1987, sobre integración en el extinguido Cuerpo Técnico de Administración de la AISS.

La parte dispositiva de la expresada sentencia contiene el siguiente pronunciamiento:

«Fallamos: Que desestimando el recurso contencioso-administrativo interpuesto en nombre de don Alfonso Salvador López contra la Resolución de la Secretaría de Estado para la Administración Pública de 23 de marzo de 1987, de denegación de la petición formulada con fecha 13 de febrero del mismo año de integración en el Cuerpo Técnico de Administración de la AISS, y contra la desestimación presunta por silencio administrativo del recurso de reposición interpuesto contra la anterior, debemos declarar y declaramos no haber lugar a dejar sin efecto las Resoluciones impugnadas por ser éstas conforme a Derecho, sin que haya lugar por ello a la integración solicitada, sin hacer imposición de las costas.»

En su virtud, este Ministerio para las Administraciones Públicas, de conformidad con lo establecido en los artículos 118 de la Constitución, 17.2 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, y demás preceptos concordantes de la vigente Ley de la Jurisdicción ContenciosoAdministrativa, ha dispuesto la publicación de dicho fallo en el «Boletín Oficial del Estado», para general conocimiento y cumplimiento en sus propios términos de la mencionada sentencia.

Lo que digo a VV.II.

Madrid, 12 de febrero de 1996.-P. D. (Orden de 11 de septiembre de 1992, «Boletín Oficial del Estado» del 22), el Subsecretario, Manuel Ortells Ramos.

Ilmos. Sres. Subsecretario y Director general de la Función Pública.

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