De conformidad con lo establecido en la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, de 27 de diciembre de 1956, dispongo que se cumpla en sus propios términos estimatorios la expresada sentencia sobre exención del servicio militar.
Madrid, 5 de diciembre de 1995.-El Secretario de Estado de Administración Militar, Emilio Octavio de Toledo y Ubieto.
Excmo. Señor Director general del Servicio Militar.
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