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Documento BOE-A-1996-4700

Resolución de 7 de febrero de 1996, de la Universidad de Valladolid, por la que se dispone el cumplimiento de la sentencia dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León con sede en Valladolid, promovido por don Alfonso de Ceballos-Escalera y Gila.

Publicado en:
«BOE» núm. 52, de 29 de febrero de 1996, páginas 8069 a 8069 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Universidades
Referencia:
BOE-A-1996-4700

TEXTO ORIGINAL

La Sala de lo Contencioso-Administrativo de Valladolid del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León ha dictado sentencia, con fecha 12 de mayo de 1995, en el recurso contencioso-administrativo número 278/1995, en el que son partes, como demandante don Alfonso de Ceballos-Escalera y Gila y como demandada el Ministerio Fiscal, la Universidad de Valladolid y don Istvan Szandi León-Borja.

El citado recurso se promovió contra la desestimación presunta por silencio administrativo del recurso ordinario deducido contra la Resolución de fecha 19 de septiembre de 1994, de la Comisión Departamental de Profesores Interinos, Ayudantes y Asociados del Departamento de Historia y Teoría del Derecho de la Facultad de Derecho de la Universidad de Valladolid, que propuso al Rectorado a don Istvan Szandi León-Borja, para ocupar la plaza de Profesor Asociado de doce horas (6+6), tipo 4.º, en el área de Historia del Derecho y de las Instituciones Españolas.

La parte dispositiva de la citada sentencia contiene el siguiente pronunciamiento:

«Fallo: Que estimamos el presente recurso contencioso-administrativo y anulando por su disconformidad con el ordenamiento jurídico las resoluciones impugnadas, declaramos el derecho del recurrente a ocupar la plaza de Profesor Asociado de doce horas (6+6), tipo 4.º, área de Historia del Derecho y de las Instituciones Españolas, del Departamento de Historia y Teoría del Derecho de la Facultad de Derecho de la Universidad de Valladolid, y a obtener como indemnización de daños y perjuicios la suma de las mensualidades devengadas desde el 1 de octubre de 1994, correspondientes a la misma, que se fijarán en fase de ejecución, en la forma y cuantía que se establece en el fundamento de derecho quinto de la presente Resolución, todo ello con expresa imposición de las costas del mismo a la Universidad de Valladolid.

Así por esta nuestra sentencia lo pronunciamos, mandamos y firmamos.»

En su virtud, este Rectorado, de conformidad con lo establecido en los artículos 118 de la Constitución, 17.2 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, y 103 y siguientes de la vigente Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ha dispuesto la publicación de dicho fallo y el cumplimiento en sus propios términos de la expresada sentencia.

Valladolid, 7 de febrero de 1996.-El Rector, Francisco Javier Alvarez Guisasola.

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