En el recurso contencioso-administrativo número 1.228/1992, interpuesto ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, por «Fima Productos Alimentares Lda.», contra resoluciones del Registro de la Propiedad Industrial de 5 de marzo de 1991 y 9 de junio de 1992, se ha dictado, con fecha 9 de junio de 1995, por el citado Tribunal, sentencia, declarada firme, cuya parte dispositiva es como sigue:
«Fallamos: Que desestimando el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la Procuradora señora de la Plata Corbacho, en representación de la entidad "Fima Productos Alimentares, Lda.", contra la resolución del Registro de la Propiedad Industrial de 5 de marzo de 1991, confirmada en reposición por la de 9 de junio de 1992, que denegó la inscripción de la marca número 1.286.668 "Nucrema" para amparar productos de la clase 30, debemos declarar y declaramos las mencionadas resoluciones ajustadas a Derecho, sin hacer especial imposición de las costas causadas.»
En su virtud, este organismo, en cumplimiento de lo prevenido en la Ley de 27 de diciembre de 1956, ha tenido a bien disponer que se cumpla en sus propios términos la referida sentencia y se publique el aludido fallo en el «Boletín Oficial del Estado».
Lo que comunico a V. S.
Madrid, 30 de noviembre de 1995.-El Director general, Julián Alvarez Alvarez.
Sr. Secretario general de la Oficina Española de Patentes y Marcas.
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