En el recurso contencioso-administrativo número 475/93, interpuesto ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid por «Grupo Anaya, Sociedad Anónima», contra resolución del Registro de la Propiedad Industrial de 16 de junio de 1992, se ha dictado, con fecha 25 de julio de 1995, por el citado Tribunal, sentencia, declarada firme, cuya parte dispositiva es como sigue:
«Fallamos: Que desestimando el recurso interpuesto por la representación procesal de "Grupo Anaya, Sociedad Anónima", contra la resolución del Registro de la Propiedad Industrial de 16 de junio de 1992, todo ello sin hacer expresa imposición de costas.»
En su virtud, este organismo, en cumplimiento de lo prevenido en la Ley de 27 de diciembre de 1956, ha tenido a bien disponer que se cumpla en sus propios términos la referida sentencia y se publique el aludido fallo en el «Boletín Oficial del Estado».
Lo que comunico a V. S.
Madrid, 31 de enero de 1996.-El Director general, Julián Alvarez Alvarez.
Sr. Secretario general de la Oficina Española de Patentes y Marcas.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
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