En el recurso contencioso-administrativo número 749/1993, interpuesto ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid por «Iberia, Líneas Aéreas de España, Sociedad Anónima», contra resolución de la Oficina Española de Patentes y Marcas de 15 de enero de 1993, se ha dictado, con fecha 7 de septiembre de 1995, por el citado Tribunal, sentencia, declarada firme, cuya parte dispositiva es como sigue:
«Fallamos: Que desestimando el recurso interpuesto por el Procurador don José Luis Pinto Maraboto en nombre y representación de "Iberia, Líneas Aéreas de España, Sociedad Anónima", contra la resolución del Registro de la Propiedad Industrial de 15 de enero de 1993 que estimó el recurso de reposición formulado contra la denegación de la concesión de la marca número 1.297.401 Iberinform, para servicios comprendidos en la clase 35, debemos declarar y declaramos ajustada a derecho dicha resolución; sin hacer imposición de costas.»
En su virtud, este organismo, en cumplimiento de lo prevenido en la Ley de 27 de diciembre de 1956, ha tenido a bien disponer que se cumpla en sus propios términos la referida sentencia y se publique el aludido fallo en el «Boletín Oficial del Estado».
Lo que comunico a V. S.
Madrid, 31 de enero de 1996.-El Director general, Julián Alvarez Alvarez.
Sr. Secretario general de la Oficina Española de Patentes y Marcas.
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