En el recurso contencioso-administrativo número 599-94, interpuesto ante el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña por «Consorci de Productes Alimentaris, Sociedad Anónima», contra resolución del Registro de la Propiedad Industrial de 20 de febrero de 1990 y de la Oficina Española de Patentes y Marcas de 3 de noviembre de 1993, se ha dictado, con fecha 27 de junio de 1995 por el citado Tribunal, sentencia, cuya parte dispositiva es como sigue:
«Fallamos: Que estimamos el recurso contencioso-administrativo promovido por la entidad mercantil "Consorci de Productes Alimentaris, Sociedad Anónima", contra los acuerdos del Registro de la Propiedad Industrial de 20 de febrero de 1990 y 3 de noviembre de 1993, los que declaramos nulos y sin efecto alguno, ordenando al citado Registro que inscriba a favor de la actora la marca número 1.273.973, con el distintivo gráfico "Copral" para distinguir "productos cárnicos y embutidos" de la clase 29 del Nomenclátor Internacional. Sin costas.»
En su virtud, este organismo, en cumplimiento de lo prevenido en la Ley de 27 de diciembre de 1956, ha tenido a bien disponer que se cumpla, en sus propios términos, la referida sentencia y se publique el aludido fallo en el «Boletín Oficial del Estado».
Lo que comunico a V. S.
Madrid, 30 de noviembre de 1995.-El Director general, Julián Alvarez Alvarez.
Sr. Secretario general de la Oficina Española de Patentes y Marcas.
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