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Documento BOE-A-1996-4991

Resolución de 16 de febrero de 1996, de la Dirección General de Trabajo, por la que se dispone la inscripción en el Registro del acta con la nueva revisión salarial del Convenio Colectivo de Oficinas de Farmacia 1995.

Publicado en:
«BOE» núm. 54, de 2 de marzo de 1996, páginas 8460 a 8460 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Trabajo y Seguridad Social
Referencia:
BOE-A-1996-4991
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/1996/02/16/(2)

TEXTO ORIGINAL

Visto el texto del acta con la nueva revisión salarial del Convenio Colectivo de Oficinas de Farmacia 1995 (código de Convenio número 9903895), que fue suscrito con fecha 6 de febrero de 1996, de una parte, por la Federación Empresarial de Farmacéuticos Españoles (FEFE), en representación de las empresas del sector, y de otra, por la Confederación de Asociaciones de Auxiliares y Empleados de Farmacia de España; Unión Sindical Obrera-Federación de Trabajadores de Químicas; Comisiones Obreras-Federación de Industrias Textil-Piel, Químicas y Afines; Unión General de Trabajadores-Federación de Servicios Públicos, y Coordinadora Estatal de Asociaciones y Federaciones de Auxiliares-Ayudantes y Empleados de Farmacias, en representación de los trabajadores del mismo, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, y en el Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de Convenio Colectivos de trabajo,

Esta Dirección General de Trabajo acuerda:

Primero.-Ordenar la inscripción del acta con la revisión salarial del citado Convenio Colectivo en el correspondiente Registro de este centro directivo, con notificación a las Comisión Negociadora.

Segundo.-Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 16 de febrero de 1996.-La Directora general, Soledad Córdova Garrido.

TABLA SALARIAL DEL CONVENIO DE OFICINAS DE FARMACIA

CORRESPONDIENTE AL AÑO 1995

Incremento 4,3 por 100 según salario 1994

Categorías / Salario mes-Pesetas / Salario anual-Pesetas

Facultativo / 147.172 / 2.207.580

Auxiliar M. diplomado / 108.761 / 1.631.415

Auxiliar diplomado / 99.585 / 1.493.775

Auxiliar / 90.748 / 1.361.220

Ayudante / 85.110 / 1.276.650

Aprendiz de 16 años / 48.424 / 726.360

Aprendiz de 17 años / 52.539 / 788.085

Jefe administrativo / 108.086 / 1.621.290

Jefe de sección / 99.585 / 1.493.775

Contable / 95.171 / 1.427.565

Oficial administrativo / 90.748 / 1.361.220

Auxiliar administrativo caja / 82.254 / 1.233.810

Aspirante de 16 años / 48.424 / 726.360

Aspirante de 17 años / 52.539 / 788.085

Mozo / 82.254 / 1.233.810

Limpieza / SMI *

* SMI: Salario mínimo interprofesional.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 16/02/1996
  • Fecha de publicación: 02/03/1996
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con:
    • art. 90.2 y 3 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo (Ref. BOE-A-1995-7730).
    • Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo (Ref. BOE-A-1981-12841).
  • EN RELACIÓN con el Convenio publicado por Resolución de 2 de noviembre de 1995 (Ref. BOE-A-1995-25353).
Materias
  • Convenios colectivos
  • Oficinas de farmacia

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