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Documento BOE-A-1996-5185

Resolución de 20 de febrero de 1996, conjunta de la Secretaría General de Comunicaciones y de la Subsecretaría de Economía y Hacienda, sobre emisión y puesta en circulación de un «Aerograma».

Publicado en:
«BOE» núm. 56, de 5 de marzo de 1996, páginas 8756 a 8757 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Obras Públicas, Transportes y Medio Ambiente
Referencia:
BOE-A-1996-5185

TEXTO ORIGINAL

De conformidad con lo establecido en el artículo 99.uno.2,d) de la Ley 31/1990, de Presupuestos Generales del Estado para 1991, y artículo 2.1,d), de los Estatutos del organismo autónomo Correos y Telégrafos, aprobados por Real Decreto 1766/1991, de 13 de diciembre, el Secretario general de Comunicaciones y el Subsecretario de Economía y Hacienda dictan la presente Resolución, sobre emisión y puesta en circulación de la serie «Aerograma».

En su virtud, hemos resuelto:

Primero.-Por la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre se procederá a la estampación de una emisión de la serie «Aerograma», destinada al correo aéreo.

Segndo.-En el mes de febrero se pondrá en circulación un «Aerograma», cuyo motivo principal reproduce, como fondo, una imagen de la patente del primer autogiro diseñado por don Juan de la Cierva y Codorníu.

El sello de este «Aerograma» presenta el logotipo de «Espamer'96».

Las características técnicas de esta emisión son las siguientes:

Valor facial: 70 pesetas. Procedimiento de impresión: Offset policolor, en papel lito azul.

Tamaño del aerograma plegado: 167x93 milímetros.

Tamaño del aerograma sin plegar: 292x167x197 milímetros.

Tamaño del sello: 40,9x28,8 milímetros (horizontal).

Tirada: Ilimitada.

Tercero.-La venta y puesta en circulación de esta emisión se iniciará el 21 de febrero de 1996.

Su distribución a los puntos de venta cesará el 31 de diciembre del año 2000, no obstante, lo cual mantendrán ilimitadamente su valor a efectos de franqueo.

Cuarto.-De este aerograma quedarán reservadas en la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre 3.500 unidades a disposición del organismo autónomo Correos y Telégrafos, para atender los compromisos internacionales, derivados de la pertenencia a la Unión Postal Universal y de los intercambios con otras Administraciones postales, así como para su incorporación a los fondos filatélicos del museo Postal y Telegráfico y para la promoción del sello español.

Otras 2.000 unidades de este aerograma serán reservadas a la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre, para atenciones de intercambio con los organismos emisores de otros países, integración en los fondos filatélicos del Museo de dicha Fábrica y promoción filatélica nacional e internacional.

Quinto.-Por la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre se procederá a la destrucción de los proyectos, maquetas, dibujos, pruebas, planchas, etcétera, una vez realizada la emisión. Sin embargo, cuando resulte, a juicio de la Fábrica, que alguno de los elementos empleados en la preparación o estampillado de la emisión anteriormente aludida encierra gran interés histórico o didáctico, podrá ser destinado, convenientemente inutilizado, a dotar el museo de la Fábrica, el Museo Postal o cualquier otro museo de interés en la materia. En todo caso se extenderá la correspondiente acta, tanto de la inutilización como de los elementos que en calidad de depósito se integrarán en alguno de los indicados museos.

Lo que comunicamos a VV. II. para su conocimiento y efectos.

Madrid, 20 de febrero de 1996.-P. D. (Orden de 22 de enero de 1996, «Boletín Oficial del Estado» del 24), el Subsecretario de Economía y Hacienda, Juan Antonio Blanco Magadan y Amutio.-El Subsecretario de Obras Públicas, Transportes y Medio Ambiente, Antonio Llardén Carratalá.

Ilmos. Sres. Director general del organismo autónomo Correos y Telégrafos y Director general de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre.

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