Visto el expediente de indulto de don Reyes Motos García, con los informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, condenado por la Audiencia Provincial de Madrid, Sección Quinta, en sentencia de fecha 10 de julio de 1991, como autor de un delito contra la salud pública, a la pena de cuatro años dos meses y un día de prisión menor y multa de 1.000.000 de pesetas, y de un delito de receptación, a la pena de un año de prisión menor y multa de 100.000 pesetas, con las accesorias de suspensión de todo cargo público y derecho de sufragio durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos el día 20 de junio de 1990; a propuesta del Ministro de Justicia e Interior y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 16 de febrero de 1996,
Vengo en conmutar a don Reyes Motos García las penas privativas de libertad impuestas por una única de tres años de prisión menor, a condición de que no vuelva a cometer delito durante el tiempo de normal cumplimiento de la condena.
Dado en Madrid a 16 de febrero de 1996.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia e Interior,
JUAN ALBERTO BELLOCH JULBE
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