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Documento BOE-A-1996-5675

Orden de 15 de febrero de 1996 por la que se dispone la publicación, para general conocimiento y cumplimiento, del fallo de la sentencia dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo de Granada, del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en el recurso contencioso-administrativo 2.510/1989, promovido por don Francisco Jiménez Prados, doña Isabel Camacho Rebollo y don Joaquín Evaristo Díaz Cabrera.

Publicado en:
«BOE» núm. 61, de 11 de marzo de 1996, páginas 9797 a 9797 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio para las Administraciones Públicas
Referencia:
BOE-A-1996-5675

TEXTO ORIGINAL

La Sala de lo Contencioso-Administrativo de Granada, del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, ha dictado sentencia, con fecha 3 de febrero de 1992, en el recurso contencioso-administrativo número 2.510/1989, en el que son partes, de una, como demandantes, don Francisco Jiménez Prados, doña Isabel Camacho Rebollo y don Joaquín Evaristo Díaz Cabrera, y de otra, como demandadas, la Consejería de Gobernación de la Junta de Andalucía, representada y dirigida por el señor Letrado de la misma; la Dirección General de la Función Pública, representada y dirigida por el señor Abogado del Estado, y el Ayuntamiento de Cogollos-Vega (Granada), con representación letrada.

El citado recurso se promovió contra la aprobación, por parte del citado Ayuntamiento, del baremo específico para la provisión de una plaza en el mismo por concurso de funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional.

La parte dispositiva de la expresada sentencia contiene el siguiente pronunciamiento:

«Fallo: Que rechazando las causas de inadmisibilidad aducidas y estimando en parte el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la Procuradora doña Francisca Medina Montalvo, en nombre y representación de don Francisco Jiménez Prados, doña María Isabel Camacho Rebollo y don Joaquín Evaristo Díaz Cabrera, contra los acuerdos de 20 de octubre y 25 de noviembre de 1988, en el particular relativo al baremo específico aprobado por el Ayuntamiento de Cogollos-Vega, debe anular y anula el citado baremo específico por no resultar ajustado a derecho. Sin que haya lugar a expresa condena en costas a ninguna de las partes.»

En su virtud, este Ministerio para las Administraciones Públicas, en lo que afecta al ámbito de competencias del Departamento, de conformidad con lo establecido en los artículos 118 de la Constitución; 17.2 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, y demás preceptos concordantes de la vigente Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ha dispuesto la publicación de dicho fallo en el «Boletín Oficial del Estado», para general conocimiento y cumplimiento, en sus propios términos, de la mencionada sentencia.

Lo que digo a VV. II.

Madrid, 15 de febrero de 1996.-P. D. (Orden de 11 de septiembre de 1992, «Boletín Oficial del Estado» del 22), el Subsecretario, Manuel Ortells Ramos.

Ilmos. Sres. Subsecretario y Director general de la Función Pública.

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