Está Vd. en

Documento BOE-A-1996-5702

Orden de 5 de marzo de 1996 por la que se resuelve el concurso específico para la provisión de puestos de trabajo vacantes en el Ministerio de Justicia e Interior convocado por Orden de 26 de enero de 1996.

Publicado en:
«BOE» núm. 62, de 12 de marzo de 1996, páginas 9913 a 9917 (5 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - Nombramientos, situaciones e incidencias
Departamento:
Ministerio de Justicia e Interior
Referencia:
BOE-A-1996-5702

TEXTO ORIGINAL

Por Orden de 26 de enero de 1996 («Boletín Oficial del Estado» del 30) se convocó concurso específico de méritos para la provisión

de puestos de trabajo vacantes en el Ministerio de Justicia e Interior, adscritos a funcionarios de los grupos A, B, C, D y E.

Habiéndose dado cumplimiento a las normas reglamentarias y a las bases de la convocatoria, una vez finalizado el plazo de presentación de instancias; vistas las solicitudes presentadas, la valoración de los méritos alegados y la propuesta elaborada por la correspondiente Comisión de Valoración sobre los puestos de trabajo a adjudicar,

Este Ministerio acuerda resolver el citado concurso, de conformidad con los siguientes puntos:

Primero.-Adjudicar, con carácter definitivo, los destinos que se relacionan en el anexo I a los funcionarios que se mencionan en el mismo.

Segundo.-Declarar desiertos los puestos que se especifican en el citado anexo por no alcanzar la puntuación mínima exigida o por no haber petición alguna para cubrirlos.

Tercero.-Reingresar al servicio activo a los funcionarios a quienes, procedentes de otra situación administrativa, les ha sido adjudicado un puesto de trabajo en el presente concurso.

Cuarto.-Los destinos adjudicados tendrán la consideración de voluntarios y, en consecuencia, no generan derecho a indemnización por concepto alguno, sin perjuicio de las excepciones previstas en el régimen de indemnizaciones por razón del servicio. Asimismo, serán irrenunciables, salvo que antes de finalizar el plazo de toma de posesión los interesados obtengan otro destino, bien por el procedimiento de libre designación o por concurso convocado por otros departamentos o Comunidades Autónomas, en cuyo caso, de optar por uno de estos destinos vendrán obligados a comunicar por escrito en los tres días siguientes la renuncia al puesto adjudicado, y la opción ejercitada con indicación del departamento en que hubiere obtenido destino, así como forma de provisión y fecha de nombramiento.

Quinto.-El plazo de toma de posesión en el nuevo destino obtenido será de tres días hábiles si no implica cambio de residencia, o de un mes si comporta cambio de residencia o supone el reingreso al servicio activo.

El plazo de toma de posesión comenzará a contar a partir del día siguiente al del cese, que deberá efectuarse dentro de los tres días hábiles siguientes a la publicación de la resolución del concurso. Si la resolución comporta el reingreso al servicio activo, el plazo de toma de posesión deberá computarse desde su publicación.

Cuando los funcionarios afectados por la presente Resolución se encuentren disfrutando licencias o permisos les será de aplicación lo especificado en el artículo 48 del vigente Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración del Estado («Boletín Oficial del Estado» de 10 de abril de 1995) y en la base octava de la convocatoria, por lo que se refiere al cómputo de los plazos de cese y posesión. Estos mismos preceptos serán de aplicación en los casos de prórroga en el cese y/o incorporación al nuevo destino.

Sexto.-Contra la presente Orden, que agota la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal correspondiente, con arreglo a lo dispuesto en los artículos 66 y 74 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, y 57 de la Ley 38/1988, de 28 de diciembre, de Demarcación y Planta Judicial, en el plazo de dos meses desde el día de su notificación, previa comunicación a este centro (artículo 110.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común).

Madrid, 5 de marzo de 1996.-P. D. (Orden de 26 de octubre de 1995, «Boletín Oficial del Estado» de 3 de noviembre), el Director general de Personal y Servicios, Juan Antonio Richart Chacón.

(ANEXO I OMITIDO)

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid