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Documento BOE-A-1996-6137

Orden de 22 de febrero de 1996 por la que se dispone el cumplimiento en sus propios términos de la sentencia dictada por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid en el recurso contencioso-administrativo número 1.044/1983, interpuesto por don Manuel Monge Reinado.

Publicado en:
«BOE» núm. 65, de 15 de marzo de 1996, páginas 10464 a 10464 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación
Referencia:
BOE-A-1996-6137

TEXTO ORIGINAL

Habiéndose dictado por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, con fecha 22 de marzo de 1990, sentencia firme en el recurso contencioso-administrativo número 1.044/1983, promovido por don Manuel Monge Reinado, sobre restablecimiento y abono de la jornada laboral de cuarenta horas semanales; sentencia cuya parte dispositiva dice así:

«Fallamos: Que desestimamos el recurso contencioso-administrativo interpuesto en nombre de don Manuel Monge Reinado, contra las resoluciones presuntas por silencio administrativo, de la Dirección General del IRA denegando la petición de 26 de diciembre de 1979, solicitando el restablecimiento y abono de la jornada laboral de cuarenta horas semanales en lugar de treinta señaladas y la desestimación también presunta del recurso de alzada interpuesto contra la anterior, y la Orden del Ministerio de Agricultura de 19 de septiembre de 1986, que resolvió un nuevo recurso de alzada interpuesto por escrito presentado el 14 de abril de 1986, base de la ampliación concedida, debemos declarar y declaramos no haber lugar a la nulidad de las resoluciones impugnadas por ser conformes a Derecho, y en consecuencia que no hay lugar a los pronunciamientos de abono de cantidades, solicitadas en la formalización de la demanda; sin hacer imposición de costas.»

Este Ministerio ha tenido a bien disponer que se cumpla en sus propios términos la precitada sentencia.

Madrid, 22 de febrero de 1996.-P. D. (Orden de 14 de marzo de 1995), el Director general de Servicios, José Manuel Sánchez San Miguel.

Ilmos. Sres. Subsecretario y Director general de Servicios.

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