Está Vd. en

Documento BOE-A-1996-6287

Orden de 23 de febrero de 1996 por la que se autoriza la impartición del grado elemental de Danza al centro «María Dolores Moreno Meseguer», de Murcia.

Publicado en:
«BOE» núm. 67, de 18 de marzo de 1996, páginas 10628 a 10629 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación y Ciencia
Referencia:
BOE-A-1996-6287

TEXTO ORIGINAL

Visto el expediente instruido a instancia de doña María Dolores Moreno Meseguer, como titular del centro privado reconocido de grado elemental de Danza «María Dolores Moreno Meseguer», de Murcia, en el que se solicita autorización para la impartición del grado elemental de Danza al amparo de la disposición transitoria primera del Real Decreto 321/1994, de 25 de febrero, sobre autorización a centros docentes privados para impartir enseñanzas artísticas;

Considerando que se cumple lo previsto en la disposición transitoria segunda del Real Decreto 389/1992, de 15 de abril, por el que se establecen los requisitos mínimos de los centros que impartan enseñanzas artísticas,

Este Ministerio ha resuelto:

Primero.-Autorizar la impartición de las enseñanzas de grado elemental de Música al centro que se describe a continuación:

Denominación genérica: Centro autorizado de grado elemental de Música.

Denominación específica: «María Dolores Moreno Meseguer».

Titular: Doña María Dolores Moreno Meseguer.

Domicilio: Plaza Preciosa, 2 (edificio «Greco»), entresuelo H.

Localidad: Murcia.

Municipio: Murcia.

Provincia: Murcia.

Enseñanzas que se autorizan: Grado elemental de Danza.

Número de puestos escolares: 80.

Segundo.-De acuerdo con la disposición adicional cuarta del Real Decreto 321/1994, de 25 de febrero, el centro queda adscrito, a efectos administrativos, al Conservatorio Profesional de Danza de Murcia.

Tercero.-Los supuestos de modificaciones y extinción, en su caso, de la presente autorización se regirán por lo establecido en los capítulos III y IV del Real Decreto 321/1994, de 25 de febrero.

Cuarto.-Contra la presente Orden, que agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses, contados a partir del día de su notificación, previa comunicación a este Ministerio, de acuerdo con el artículo 37.1 de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de 27 de diciembre de 1956 y el artículo 110.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Madrid, 23 de febrero de 1996.-P. D. (Orden de 26 de octubre de 1988, «Boletín Oficial del Estado» del 28), el Secretario de Estado de Educación, Alvaro Marchesi Ullastres.

Ilma. Sra. Directora general de Centros Escolares.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid