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Documento BOE-A-1996-6451

Resolución de 27 de febrero de 1996, de la Universidad de Córdoba, por la que se corrige error material observado en la Resolución de 16 de enero de 1996 por, la que se convocan a concurso público diversas plazas correspondientes a los Cuerpos Docentes Universitarios.

Publicado en:
«BOE» núm. 70, de 21 de marzo de 1996, páginas 10970 a 10971 (2 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Universidades
Referencia:
BOE-A-1996-6451

TEXTO ORIGINAL

Advertido error material en la Resolución de este Rectorado, de fecha 16 de enero de 1996 («Boletín Oficial del Estado» de 19 de febrero), por la que se convocan a concurso público diversas plazas correspondientes a los Cuerpos Docentes Universitarios,

Este Rectorado, de conformidad con lo prevenido en el artículo 105.2 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, ha resuelto corregir dicho error, de acuerdo con cuanto se transcribe:

«En la página 5.970, entre las bases sexta y novena, se incluyen las bases séptima y octava que habían sido omitidas, y cuyos contenidos son los siguientes:

Séptima.-En el acto de presentación, los concursantes entregarán al Presidente de la Comisión la documentación señalada en los artículos 9.º y 10 del Real Decreto 1888/1984, de 26 de septiembre, modificado por el Real Decreto 1427/1986, de 13 de junio, en su caso, según se trate de concurso o concurso de méritos.

Octava.-Los candidatos propuestos para la provisión de las plazas deberán presentar en el Area de Personal Docente y Organización Docente de la Universidad, en el plazo de quince días hábiles siguientes al de concluir la actuación de la Comisión, por cualquiera de los medios señalados en el artículo 38.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, los siguientes documentos:

a) Copia del documento nacional de identidad conforme a lo establecido en el Real Decreto 1245/1985, de 17 de julio, o documento acreditativo de la nacionalidad certificado por la autoridad competente del país de origen.

b) Certificación médica oficial de no padecer enfermedad ni defecto físico o psíquico que impida el desempeño de las funciones correspondientes a Profesor de Universidad, expedida por la Dirección Provincial o Consejería, según proceda, competentes en materia de Sanidad.

c) Declaración jurada de no haber sido separado de la Administración del Estado, Institucional o Local, ni de las Administraciones de las Comunidades Autónomas, en virtud de expediente disciplinario, y no hallarse inhabilitado para el ejercicio de la función pública.

Los no españoles deberán presentar documento acreditativo de no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impidan en su Estado el acceso a la función pública, debidamente certificado por la autoridad competente del Estado de procedencia.

Los que tuvieran la condición de funcionario público de carrera estarán exentos de justificar tales documentos y requisitos, debiendo presentar certificación del Ministerio u Organismo del que dependan, acreditativa de su condición de funcionario y cuantas circunstancias consten en su hoja de servicios.»

Córdoba, 27 de febrero de 1996.-El Rector, Amador Jover Moyano.

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