«Fallamos: Que debemos estimar y estimamos el recurso contencioso-administrativo interpuesto por el Letrado señor Galdámez Núñez, en representación de doña María Pilar Sánchez Vilches, en su condición de titular de la patria potestad sobre su hijo, el menor Rafael Casares Sánchez, contra la Resolución del Consejo de Ministros de 4 de junio de 1993 por el que se desestimaba el recurso de reposición interpuesto contra el de 11 de septiembre de 1992 que anulamos por no resultar conforme a derecho y debemos declarar y declaramos el derecho del menor Rafael Casares Sánchez a ser indemnizado en la cantidad de 10.550.000 pesetas. Sin costas.»
En su virtud, este Ministerio de Justicia, de conformidad con lo establecido en los artículos 118 de la Constitución, 17.2 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, y demás preceptos concordantes de la vigente Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ha dispuesto la publicación de dicho fallo en el «Boletín Oficial del Estado» para general conocimiento y cumplimiento, en sus propios términos, de la mencionada sentencia.
Lo que digo a V. I. para su conocimiento y demás efectos.
Madrid, 16 de febrero de 1996.-El Subsecretario, Luis Herrero Juan.
Ilmo. Sr. Secretario general de Justicia.
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