El Real Decreto 1523/1982, de 18 de junio, de creación de la Real Orden del Mérito Deportivo, en su artículo 2, establece la posibilidad de conceder dicha distinción a las entidades privadas que sean acreedoras a ella por haberse distinguido en la práctica, fomento y enseñanza de la Educación Física y Deporte o hayan prestado eminentes servicios en su investigación, difusión, organización y desarrollo.
Teniendo en cuenta los méritos y circunstancias que concurren en «Unipublic, Sociedad Anónima», acreditados en el correspondiente expediente, procede la concesión del ingreso en la Real Orden del Mérito Deportivo a dicha entidad, en la categoría de Placa de Oro, de acuerdo con lo establecido en los artículos 3.2, 4.1 y 5.1 del Real Decreto 1523/1982, de 18 de junio.
En su virtud, a propuesta del Ministro de Educación y Ciencia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 8 de marzo de 1996,
D I S P O N G O :
Artículo único.
Se concede el ingreso en la Real Orden del Mérito Deportivo, en la categoría de Placa de Oro a «Unipublic, Sociedad Anónima».
Dado en Madrid a 8 de marzo de 1996.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Educación y Ciencia,
JERONIMO SAAVEDRA ACEVEDO
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