En el recurso contencioso-administrativo número 167/1993, interpuesto ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid por «Compañía Española de Petróleos, Sociedad Anónima» (CEPSA), contra resolución del Registro de la Propiedad Industrial, de 5 de junio de 1991, y de la Oficina Española de Patentes y Marcas, de 14 de octubre de 1992, se ha dictado, con fecha 13 de octubre de 1995, por el citado Tribunal, sentencia, declarada firme, cuya parte dispositiva es como sigue:
«Fallamos: Que desestimamos el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la representación de la entidad "Compañía Española de petróleos, Sociedad Anónima" (CEPSA), contra las Resoluciones impugnadas, declarando que las mismas son conformes al ordenamiento jurídico, por lo que se confirman; sin costas».
En su virtud, este organismo, en cumplimiento de lo prevenido en la Ley de 27 de diciembre de 1956, ha tenido a bien disponer que se cumpla, en sus propios términos, la referida sentencia y se publique el aludido fallo en el «Boletín Oficial del Estado».
Lo que comunico a V. S.
Madrid, 15 de febrero de 1996.-El Director general, Julián Alvarez Alvarez.
Sr. Secretario general de la Oficina Española de Patentes y Marcas.
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