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Documento BOE-A-1996-6762

Providencia de 12 de marzo de 1996, cuestión de inconstitucionalidad número 963/96.

Publicado en:
«BOE» núm. 73, de 25 de marzo de 1996, páginas 11325 a 11325 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Tribunal Constitucional
Referencia:
BOE-A-1996-6762

TEXTO ORIGINAL

El Tribunal Constitucional, por providencia de 12 de marzo actual, ha admitido a trámite la cuestión de inconstitucionalidad número 963/96, planteada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria, en relación con el artículo 9.1, apartados b) y c), de la Ley 18/1991, de 6 de junio, reguladora del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, en la redacción dada por el artículo 62 de la Ley 21/1993, de 29 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1994, por posible vulneración de los artículos 14 y 31.1 de la Constitución.

Madrid, 12 de marzo de 1996.-El Secretario de Justicia. Firmado y rubricado.

ANÁLISIS

  • Rango: Providencia
  • Fecha de disposición: 12/03/1996
  • Fecha de publicación: 25/03/1996
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE DICTA en la misma y se declara la desaparición sobrevenida del objeto del proceso, por Sentencia 72/1997, de 10 de abril (Ref. BOE-T-1997-10326).
Referencias anteriores
  • Cuestión promovida por supuesta inconstitucionalidad art. 9.1.B) y C) de la Ley 18/1991, de 6 de junio , en la Redaccción dada por el art. 62 de la Ley 21/1993, de 29 de diciembre (Ref. BOE-A-1991-14391).
Materias
  • Cuestiones de inconstitucionalidad
  • Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas

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