Para general conocimiento y cumplimiento en sus propios términos se publica el fallo de la sentencia firme dictada con fecha de 17 de noviembre de 1995 por el Tribunal Superior de Justicia de Cantabria en el recurso contencioso-administrativo número 23/1995, promovido por don Jesús García Silio, contra resolución expresa de este Ministerio desestimatoria de la reclamación de indemnización por daños y perjuicios ocasionados como consecuencia del funcionamiento del servicio del hospital «Marqués de Valdecilla» de Santander, cuyo pronunciamiento es del siguiente tenor:
«Fallamos: Que debemos declarar y declaramos la inadmisibilidad del recurso contencioso-administrativo promovido por el Procurador señor Gómez Salceda, en nombre y representación de don Jesús García Silio, contra "el acto administrativo emitido por el Subdirector Médico del hospital nacional 'Marqués de Valdecilla', relativo a la denegación de la reclamación de daños y perjuicios ocasionados por el funcionamiento del servicio del hospital mencionado", por dirigirse el mismo frente a un acto de trámite no recurrible; sin que proceda hacer mención expresa acerca de las costas procesales causadas, al no haber méritos para su imposición».
Lo que digo a V. I. a los efectos de lo dispuesto en el artículo 103 de la vigente Ley reguladora de la Jurisdicción de lo Contencioso-Administrativo.»
Madrid, 4 de marzo de 1996.-P. D. (Orden de 2 de noviembre de 1994, «Boletín Oficial del Estado» del 4), el Subsecretario, José Luis Temes Montes.
Ilma. Sra. Directora general del Instituto Nacional de la Salud.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid