Para general conocimiento y cumplimiento, en sus propios términos se publica el fallo de la sentencia firme dictada con fecha 23 de diciembre de 1995 por el Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, en el recurso contencioso-administrativo número 1/1.048/1993, promovido por doña Isabel Arias Fernández, contra resolución expresa de este Ministerio, desestimatoria del recurso ordinario sobre denegación de sacar a concurso de traslado voluntario, convocado el 4 de junio de 1993, todas las plazas de Pedriatría ocupadas por interinos en Ciudad Real, y en especial, la correspondiente al Equipo de Atención Primaria de Ciudad Real II, cuyo pronunciamiento es del siguiente tenor:
«Fallamos: Que desestimando el recurso contencioso-administrativo interpuesto por doña Isabel Arias Fernández, contra Resolución de la Dirección General del INSALUD de fecha 16 de noviembre de 1993, por la que se desestima el recurso ordinario interpuesto contra Resolución de 4 de junio de 1993 de dicho organismo, por la que se convoca concurso de traslados voluntario para plazas de personal facultativo de Equipos de Atención Primaria, debemos declarar y declaramos ajustadas a derecho las Resoluciones impugnadas, manteniendo las mismas en su contenido; todo ello sin costas.»
Lo que digo a V. I. a los efectos de lo dispuesto en el artículo 103 de la vigente Ley reguladora de la Jurisdicción de lo Contencioso-Administrativo.
Madrid, 4 de marzo de 1996.-P. D. (Orden de 2 de noviembre de 1994, «Boletín Oficial del Estado» del 4), el Subsecretario, José Luis Temes Montes.
Ilma. Sra. Directora general del Instituto Nacional de la Salud.
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