Adoptado por la Comisión Ejecutiva del Banco de España, en su sesión de 13 de marzo de 1996, el Acuerdo de baja en el Registro de Establecimientos Abiertos al Público para Cambio de Moneda Extranjera, a los establecimientos registrados en la sucursal del Banco de España en Málaga con los números 236/42 y 275/42, a nombre don Waller Derek Francis, y de conformidad con lo previsto en el artículo 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y resultando acreditativo en el expediente la desaparición de la entidad, se procede a dar publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del Acuerdo adoptado por la Comisión Ejecutiva del Banco de España el día 13 de marzo de 1996:
«La Comisión Ejecutiva del Banco de España, en sesión de 19 de enero de 1996, en virtud de la propuesta de apertura de expediente y documentación unida elevada por los Servicios Jurídicos, que acreditaba el incumplimiento de los deberes de información establecidos en las normas tercera, cuarta y séptima de la Circular 8/1992, de 24 de abril, relativas a la acreditación de estar al corriente en el pago del Impuesto de Actividades Económicas, cobro del coste de los servicios ni inclusión de comisiones y cumplimiento de los formularios modelos EC-2 sobre la actividad de cambio desarrollada, acordó la incoación de expediente administrativo de baja en el Registro de Establecimientos Abiertos al Público para Cambio de moneda extranjera, a los establecimientos registrados en la sucursal de Málaga con los números 236/42 y 275/42, a nombre de don Waller Derek Francis.
Cumplimentados los trámites procedimentales, con notificación al expedientado mediante su publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de fecha 2 de febrero de 1996, del acuerdo de incoación e incumplimientos de la Circular 8/1992 imputados, concediéndole el plazo de alegaciones señalado en el artículo 84 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, y resultando acreditados los incumplimientos descritos, contraviniendo lo establecido en las normas tercera, cuarta y séptima de la referida Circular, es procedente, conforme a la propuesta elevada por el Instructor, aplicar lo dispuesto en la norma novena de la citada Circular número 8/1992, de 24 de abril, a cuyo tenor, en caso de incumplimiento de las normas de la presente Circular el Banco de España, previa incoación de oportuno expediente, dará de baja en el Registro de Establecimientos Abiertos al Público para Cambio de Moneda Extranjera al titular infractor.
En consecuencia, la Comisión Ejecutiva del Banco de España acuerda dar de baja en el Registro de Establecimientos Abiertos al Público para Cambio de Moneda Extranjera, a los establecimientos registrados en la sucursal de Málaga con los números 236/42 y 275/42, a nombre de don Waller Derek Francis.»
Contra este Acuerdo podrá interponer recurso ordinario ante el Ministerio de Economía y Hacienda en el plazo de un mes, previsto en los artículos 114 y siguientes de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Madrid, 13 de marzo de 1996.-El Jefe de los Servicios Jurídicos, Joaquín Fanjul de Alcocer.
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