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Documento BOE-A-1996-7260

Resolución de 15 de marzo de 1996, de la Universidad de Huelva, por la que se convocan pruebas selectivas para el ingreso en la Escala Auxiliar Administrativa de la misma.

Publicado en:
«BOE» núm. 77, de 29 de marzo de 1996, páginas 12122 a 12128 (7 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Universidades
Referencia:
BOE-A-1996-7260

TEXTO ORIGINAL

En cumplimiento de lo dispuesto en la Ley del Parlamento de Andalucía 4/1993, de 1 de julio, de Creación de la Universidad de Huelva, y con el fin de atender las necesidades de personal de Administración y Servicios, esta Presidencia de la Comisión Gestora, en uso de las competencias que le están atribuidas en el artículo 7 de la citada Ley y en el artículo 18 de la Ley 11/1983, de 25 de agosto, de Reforma Universitaria, en relación con el artículo 3.e) de la misma norma, acuerda convocar pruebas selectivas para el ingreso en la Escala Auxiliar Administrativa de la Universidad de Huelva, con arreglo a las siguientes

Bases de convocatoria

1. Normas generales

1.1 Se convocan pruebas selectivas para cubrir 98 plazas por el sistema general de acceso libre.

1.2 Del total de plazas se reservará un total del 3 por 100 para ser cubiertas por personas con minusvalía con grado de discapacidad igual o superior al 33 por 100, de acuerdo con la disposición adicional decimonovena de la Ley 23/1988, de 28 de julio, de modificación de la Ley de Medidas para la Reforma de la Función Pública 30/1984, de 2 de agosto. En el supuesto de no ser cubiertas, éstas se acumularían a las restantes convocadas.

1.3 A las presentes pruebas selectivas les serán aplicables la Ley 30/1984, de 2 de agosto, la Ley 23/1988, de 28 de julio, el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, la Ley 4/1993 de 1 de julio, de Creación de la Universidad de Huelva y lo dispuesto en la presente convocatoria.

1.4 El procedimiento de selección de aspirantes constará de las siguientes fases: Concurso y oposición, con las pruebas y puntuaciones que se especifican en el anexo I.

1.5 El programa que ha de regir las pruebas selectivas es el que figura en el anexo II.

1.6 Las pruebas selectivas se desarrollarán con arreglo al siguiente calendario:

El primer ejercicio se iniciará no antes del 1 de junio de 1996.

La fecha, hora y lugar en que se realizará el mismo se fijarán en la resolución de la Presidencia de la Comisión Gestora en la que se apruebe la lista de admitidos y excluidos.

Con cuarenta y ocho horas de antelación como mínimo, a la fecha en la que dé comienzo el primer ejercicio de la fase de oposición, la Presidencia de la Comisión Gestora de la Universidad hará pública en los tablones de anuncios del Rectorado la lista de los aspirantes con la puntuación obtenida en la fase de concurso.

2. Requisitos de los candidatos

2.1 Las personas que aspiren a estas plazas deberán reunir los siguientes requisitos generales:

a) Ser español o nacional de los demás Estados miembros de la Comunidad Europea.

b) Tener cumplidos los dieciocho años y no haber alcanzado la edad de jubilación.

c) Estar en posesión del título de Graduado Escolar, Formación Profesional de Primer Grado o titulación equivalente.

d) No padecer enfermedad ni tener alguna limitación física o psíquica que sea incompatible con el desempeño de las correspondientes funciones.

e) No haber sido separado/a mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado/a para el desempeño de funciones públicas.

2.2 Requisitos particulares participantes turno minusvalía. Dichos participantes deberán tener reconocido por los organismos competentes al momento de finalización del plazo de presentación de solicitudes, un grado de discapacidad o minusvalía igual o superior al 33 por 100. La no posesión de dicho reconocimiento en

dicho plazo implicaría la imposibilidad de participar por el turno de minusvalía.

2.3 Todos los requisitos enumerados en los apartados anteriores deberán poseerse en el día de la finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse en posesión de los mismos hasta la toma de posesión.

3. Solicitudes

3.1 Quienes deseen tomar parte en estas pruebas selectivas deberán solicitarlo en instancia, cuyo modelo figura en el anexo IV bien en fotocopia del mismo, (instrucciones anexo V) en cuyo caso deberá adjuntar cinco ejemplares (interesado, sección PAS, expediente, Neg. de Recaudación, entidad bancaria) o en modelo copiativo que será facilitado por el Registro General de la Universidad de Huelva.

A la instancia se acompañará una fotocopia compulsada del documento nacional de identidad o documento identificativo del país al que pertenece el solicitante, en caso de no ostentar la nacionalidad española.

Los nacionales de los demás estados miembros de la Comunidad Europea que no ostenten la nacionalidad española, habrán de acreditar mediante documento suficiente, debidamente traducido al castellano, no estar sometido a sanción disciplinaria o condena penal que impida en su Estado el acceso a la función pública.

3.2 Las solicitudes se dirigirán al excelentísimo señor Presidente de la Comisión Gestora de la Universidad de Huelva, en el plazo de veinte días naturales, contados a partir del siguiente a la publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».

La presentación de solicitudes se hará en el Registro General de la Universidad o en la forma establecida en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común («Boletín Oficial del Estado» del 27).

Las solicitudes que se presenten a través de las oficinas de Correos deberán entregarse en sobre abierto para ser fechadas y selladas por el funcionario de Correos antes de ser certificadas.

Las solicitudes suscritas por los españoles en el extranjero podrán cursarse, en el plazo expresado, a través de las representaciones diplomáticas o consulares españolas correspondientes, quienes las remitirán seguidamente a esta Universidad.

3.3 Los aspirantes con minusvalía deberán indicar en la instancia el porcentaje de minusvalía que padecen, para lo cual se utilizará el correspondiente recuadro de la solicitud. A ésta se acompañará certificación expedida por los órganos competentes, en la que se acredite el grado de minusvalía. Asimismo, deberán solicitar las posibles adaptaciones de tiempo y medios para la realización de los ejercicios en que ésta adaptación sea necesaria.

3.4 Los derechos de examen por un importe de 3.500 pesetas, se ingresarán directamente en la oficina principal o en alguna de las sucursales de El Monte. Caja de Huelva y Sevilla. Clave entidad 2098, clave de sucursal 0068.1, a nombre de la Universidad de Huelva, indicando en el impreso «Oposiciones Escala Auxiliar Administrativo».

El interesado deberá justificar el ingreso de los derechos de examen mediante la cumplimentación y sellado por la entidad bancaria de la parte inferior de la solicitud destinada a tal efecto.

La falta de la justificación del abono de los derechos de examen determinará la exclusión de los aspirantes. En ningún caso, la presentación y pago en la entidad bancaria, supondrá sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud ante el órgano expresado en la base 3.2.

3.5 Los aspirantes que aleguen méritos para la fase de concurso deberán aportar certificación expedida por la sección de PAS de la Universidad de Huelva, donde se haga constar el tiempo trabajado en la Universidad de Huelva, la naturaleza de la relación de trabajo y la cualificación profesional ostentada.

3.6 Los errores de hecho que pudieran advertirse, podrán subsanarse en cualquier momento, de oficio o a petición del interesado.

3.7 Los aspirantes quedan vinculados a los datos que hayan hecho constar en sus solicitudes, pudiendo únicamente demandar su modificación mediante escrito motivado, dentro del plazo establecido en la base 3.2 para la presentación de solicitudes.

4. Admisión de aspirantes

4.1 Expirado el plazo de presentación de instancias, el Presidente de la Comisión Gestora de la Universidad de Huelva dictará Resolución en el plazo máximo de un mes, que se publicará en el «Boletín Oficial del Estado» y en la que además de declarar aprobada la lista provisional de admitidos y excluidos se recogerá el lugar y la fecha de comienzo de los ejercicios, así como la relación de aspirantes excluidos con mención expresa en todo caso, de los apellidos, nombre, número de documento nacional de identidad y motivo que la produce.

4.2 Los aspirantes excluidos dispondrán de un plazo de diez días hábiles para la subsanación de errores, caso de que sea subsanable, transcurrido el cual quedará elevada a definitiva, publicándose en el tablón de anuncios del Rectorado. Contra dicha resolución podrá interponerse, previa comunicación al órgano que la dicte, recurso contencioso-administrativo, de acuerdo con lo previsto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a su publicación en el tablón de anuncios del Rectorado.

4.3 Los derechos de examen serán reintegrables a los aspirantes que hayan sido excluidos definitivamente de la realización de las pruebas selectivas, siempre y cuando así se solicite aportando datos para la transferencia bancaria correspondiente

5. Tribunal calificador

5.1 El Tribunal calificador de estas pruebas estará constituido por los miembros que se especifican en el anexo III.

5.2 Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir, notificándolo al Presidente de la Comisión Gestora de la Universidad de Huelva, cuando concurran en ellos circunstancias de las previstas en los artículos 28 y 29 de la Ley 30/1992, de 30 de noviembre.

El Presidente podrá solicitar de los miembros del Tribunal declaración expresa de no hallarse incurso en las circunstancias previstas en dichos artículos.

Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando concurra alguna de dichas circunstancias.

5.3 Con anterioridad a la iniciación de las pruebas selectivas la autoridad convocante publicará resolución por la que se nombre a los nuevos miembros del Tribunal que hayan de sustituir a los que hayan perdido su condición por alguna de las causas previstas en la base 5.2.

5.4 Previa convocatoria del Presidente, se constituirá el Tribunal con asistencia obligada del Presidente y Secretario y de la mitad al menos de sus miembros.

Celebrará su sesión de constitución en el plazo máximo de treinta días, a partir de su designación, y mínimo de diez días antes de la realización del primer ejercicio.

En dicha sesión, el Tribunal acordará todas las decisiones que le correspondan en orden al correcto desarrollo de las pruebas selectivas.

5.5 A partir de su constitución, y para el resto de las sesiones, el Tribunal para actuar válidamente requerirá la misma mayoría indicada en el apartado anterior de sus miembros titulares o suplentes.

5.6 Dentro de la fase de oposición, el Tribunal resolverá las dudas que pudieran surgir en la aplicación de estas normas, acordando las medidas necesarias para resolver cuantas cuestiones no estén previstas en la presente convocatoria.

El procedimiento de actuación del Tribunal se ajustará en todo momento a lo dispuesto en la normativa procedimental.

5.7 El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores especialistas para las pruebas correspondientes de los ejercicios que estimen pertinentes, limitándose dichos asesores, a prestar su colaboración en sus especialidades técnicas. La designación de tales asesores deberá comunicarse al Presidente de la Comisión Gestora de la Universidad.

5.8 El Tribunal calificador adoptará las medidas precisas en aquellos casos en que resulte necesario, de forma que los aspirantes con minusvalías gocen de similares condiciones para la realización de los ejercicios que el resto de los demás participantes. En este sentido, se establecerán para las personas con minusvalía que lo soliciten en la forma prevista en la base 3.3 las adaptaciones posibles en tiempo y medios para su realización.

5.9 El Presidente del Tribunal adoptará las medidas oportunas para garantizar que los ejercicios de la fase de oposición, que sean escritos y no deban ser leídos ante el Tribunal, sean corregidos sin que se conozca la identidad de los aspirantes, utilizando para ello los impresos aprobados por la Orden del Ministerio para las Administraciones Públicas de 18 de febrero de 1985 («Boletín Oficial del Estado» del 22), o cualesquiera otros equivalentes.

5.10 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede en los servicios centrales de la Universidad de Huelva, calle Cantero Cuadrado, número 6, teléfono (959) 22 65 50.

El Tribunal dispondrá, que en su sede, al menos una persona miembro o no del Tribunal, atenderá cuantas cuestiones sean planteadas en relación con estas pruebas selectivas.

5.11 El Tribunal que actúe en estas pruebas selectivas tendrá la categoría cuarta de las recogidas en el anexo V del Decreto 54/1989, de 21 de marzo («Boletín Oficial de la Junta de Andalucía» de 21 de abril). 5.12 En ningún caso el Tribunal podrá aprobar ni declarar que han superado las pruebas selectivas un número de aspirantes superior al de plazas convocadas. Cualquier propuesta de aprobados que contravenga lo anterior, será nula de pleno derecho.

6. Desarrollo de los ejercicios

6.1 En cualquier momento el Tribunal podrá requerir a los opositores para que acrediten su identidad.

6.2 Los opositores serán convocados para el primer ejercicio en llamamiento único, siendo excluidos de la oposición quienes no comparezcan, salvo en los casos de fuerza mayor debidamente justificados y libremente apreciados por el Tribunal.

El orden de actuación de los aspirantes para el segundo ejercicio comenzará por la letra «O» del primer apellido, de conformidad con lo establecido en la Resolución de 16 de mayo de 1995 («Boletín Oficial del Estado» del 19) de la Secretaría de Estado para la Administración Pública, por la que se publica el resultado del sorteo celebrado el día 11 de mayo de 1995.

6.3 La fecha y lugares de realización del primer ejercicio se publicará con la relación de admitidos y excluidos.

La fecha y lugar de celebración del segundo ejercicio se publicará por el Tribunal mediante anuncio en el Rectorado y en los servicios centrales de la Universidad y por cualesquiera otros medios si se juzga conveniente para facilitar su máxima divulgación con cuarenta y ocho horas al menos de antelación a la señalada para la iniciación del mismo.

6.4 En cualquier momento del proceso selectivo, si el Tribunal tuviera conocimiento de que alguno de los aspirantes no posee la totalidad de los requisitos exigidos por la presente convocatoria, previa audiencia del interesado, deberá proponer su exclusión al Presidente de la Comisión Gestora de la Universidad de Huelva comunicándole asimismo las inexactitudes o falsedades formuladas por el aspirante en la solicitud de admisión a las pruebas selectivas a los efectos procedentes.

7. Listas de aprobados/as, presentación de documentación y nombramiento de funcionarios/as de carrera

7.1 Finalizado cada uno de los ejercicios de la oposición el Tribunal hará públicas, en los centros donde se hubieren desarrollado los exámenes y en el Rectorado de la Universidad, las listas con las puntuaciones correspondientes.

7.2 La puntuación final se obtendrá de la forma establecida en el anexo I de esta convocatoria. Finalizados los ejercicios, el Tribunal hará pública la relación definitiva de aprobados, por orden de puntuación, en la que constarán las calificaciones de cada uno de los ejercicios de la fase de oposición, puntuación de la fase de concurso y la suma total.

La lista de aprobados no podrá superar el número de plazas convocadas, siendo nula de pleno derecho cualquier actuación en sentido contrario, de acuerdo con lo establecido en el artículo 18 de la Ley 30/1984.

7.3 La relación de aprobados será elevada al Presidente de la Comisión Gestora de la Universidad, con propuesta de nombramiento de funcionarios/as de carrera.

7.4 En el plazo de veinte días naturales, a contar desde la publicación en el Rectorado de la Universidad de la relación de aprobados a que se refiere la base anterior, los aspirantes que figuren en las mismas deberán presentar en la sección de Gestión de Personal de Administración y Servicios los documentos siguientes:

a) Fotocopia debidamente compulsada del título de Graduado Escolar, Formación Profesional de Primer Grado o titulación equivalente.

b) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado/a mediante expediente disciplinario de ninguna Administración Pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas, según el modelo que figura como anexo VI de esta convocatoria.

c) Certificado médico oficial acreditativo de no padecer enfermedad o defecto físico o psíquico que impida el desempeño de las funciones correspondientes.

d) Los aspirantes que hayan hecho valer su condición de personas con minusvalías, deberán presentar certificación de los órganos competentes del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social que acredite tal condición e igualmente, deberán presentar certificado de los citados órganos o de la Administración Sanitaria acreditativo de la compatibilidad con el desempeño de tareas y funciones correspondientes.

7.5 Quienes dentro del plazo fijado, y salvo los casos de fuerza mayor, no presentasen la documentación, o del examen de la misma se dedujera que carecen de alguno de los requisitos señalados en la base 2, no podrán ser nombrados funcionarios/as y quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieran incurrido por falsedad en la solicitud inicial.

7.6 Por la autoridad convocante, y a propuesta del Tribunal calificador, se procederá al nombramiento de funcionario/a de carrera, mediante resolución que se publicará en el «Boletín Oficial del Estado».

8. Norma final

La presente convocatoria y cuantos actos administrativos se deriven de ella y de la actuación del Tribunal podrán ser impugnados en los casos y formas establecidos por la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Asimismo, la Universidad podrá, en su caso, proceder a la revisión de las resoluciones del Tribunal, conforme a lo previsto en la misma Ley.

Huelva, 15 de marzo de 1996.-El Presidente de la Comisión Gestora, Francisco Ruiz Berraquero.

ANEXO I

Ejercicios, calificación de los mismos y valoración de méritos

1. Primer ejercicio: Tendrá carácter eliminatorio y estará compuesto de las siguientes partes:

Primera parte: Consistirá en contestar un cuestionario de preguntas con respuestas múltiples, siendo sólo una de ellas la correcta, basado en el contenido del programa. Los aspirantes marcarán las contestaciones en las correspondientes hojas de examen.

Segunda parte: Consistirá en la contestación, por escrito, de un cuestionario de preguntas sobre uno o varios supuestos prácticos o teórico-prácticos, a elección del Tribunal, que estarán relacionados con el programa y/o con el ejercicio de las funciones inherentes a las plazas convocadas. Los aspirantes marcarán las contestaciones en las correspondientes hojas de examen.

El número de preguntas y el tiempo para la realización de todo el ejercicio será determinado por el Tribunal, debiendo realizarse en la misma sesión la totalidad del mismo.

Cada una de las partes de que consta el primer ejercicio tendrá carácter eliminatorio, y será valorada de 0 a 10 puntos. Serán eliminados los opositores que no obtengan un mínimo de 5 puntos en cada una de ellas.

La puntuación final del primer ejercicio vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas por los aspirantes en cada una de las partes.

2. Segundo ejercicio: Consistirá en copiar en un ordenador personal uno o varios textos propuestos por el Tribunal usando el procesador de textos «Word Perfect» (versión 6.0), según las instrucciones de ejecución dadas.

Los aspirantes imprimirán el texto realizado, presentando al Tribunal una copia del mismo en disquete.

El Tribunal facilitará a los aspirantes todo el material necesario para la realización de este ejercicio.

El tiempo máximo para realizar el ejercicio será determinado por el Tribunal.

Se calificará como «apto» o «no apto», valorándose la corrección, presentación y exactitud en la confección, elaboración, transcripción e impresión del texto.

Valoración de méritos

Se considerarán como méritos exclusivamente el haber prestado servicios como funcionario interino en la Escala Auxiliar Administrativa o como contratado laboral con carácter temporal con categoría de Técnico Auxiliar de Administración en la Universidad de Huelva.

La valoración se realizará otorgando 0,25 puntos por mes completo de servicios prestados hasta la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias, sin que esta puntuación pueda superar el 35 por 100 del total máximo que corresponda a la fase de oposición.

Los puntos de la fase de concurso se sumarán a la puntuación obtenida en la oposición a efectos de establecer el orden definitivo de aspirantes aprobados. Estos puntos no podrán ser aplicados para superar los ejercicios de la fase de oposición.

La calificación final de las pruebas vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en la fase de concurso y oposición. En caso de empate se establecerá atendiendo a la mayor calificación obtenida en la primera parte del primer ejercicio, de persistir el empate se atenderá a la mayor calificación obtenida en la segunda parte del primer ejercicio y si persistiere a la mayor edad.

ANEXO II

Programa

I. Organización del Estado, Administraciones Públicas

y Derecho Administrativo

Tema 1. La Constitución Española de 1978. Estructura y contenido. Derechos y deberes fundamentales. Su garantía y suspensión. La Corona. Funciones constitucionales del Rey. Sucesión y Regencia.

Tema 2. El Tribunal Constitucional y el Defensor del Pueblo. Las Cortes Generales.

Tema 3. El Gobierno y la Administración. Relaciones entre el Gobierno y las Cortes Generales. Designación, duración y responsabilidad del Gobierno. La organización administrativa española: Ministros y Secretarios de Estado.

Tema 4. La organización territorial del Estado en la Constitución: Las Comunidades Autónomas. El Estatuto de Autonomía para Andalucía: Estructura y contenido.

Tema 5. La Administración Pública Española. Los principios constitucionales de eficacia, jerarquía, descentralización, desconcentración y coordinación. Sometimiento a la Ley y al Derecho.

Tema 6. Los actos administrativos. Concepto, elementos y clases. Motivación y notificación. Eficacia y validez.

Tema 7. El procedimiento administrativo. La Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Contenido y ámbito de aplicación. Idea general de la iniciación, ordenación, instrucción y terminación del procedimiento administrativo.

Tema 8. La revisión de los actos en vía administrativa. La revisión de oficio. Los recursos administrativos: Principios generales y clases.

II. Gestión de personal

Tema 1. La Función Pública en el Estado Español. Las bases del régimen estatutario de los funcionarios públicos. Régimen disciplinario.

Tema 2. El personal funcionario al servicio de las Administraciones Públicas. Selección. Provisión de puestos de trabajo. Promoción profesional y formación. Adquisición y pérdida de la condición de funcionario.

Tema 3. Situaciones Administrativas. Derechos, deberes e incompatibilidades. La representación de los funcionarios: Juntas de Personal. Composición y funciones. Instrucciones sobre jornadas y horarios de trabajo del personal civil al servicio de la Administración General del Estado.

Tema 4. El personal laboral al servicio de las Administraciones Públicas. El Convenio Colectivo del personal laboral de las universidades andaluzas.

Tema 5. Régimen jurídico del profesorado universitario.

III. Gestión Universitaria

Tema 1. La autonomía universitaria: Principios inspiradores y extensión de la Ley de Reforma Universitaria. Creación, régimen jurídico y estructura de las universidades. El Gobierno de las Universidades. El Consejo de Universidades.

Tema 2. El estudio en la Universidad. El profesorado universitario. El personal de Administración y Servicios. Del régimen económico y financiero de las Universidades. Las universidades privadas.

Tema 3. La Administración educativa andaluza: Competencias de la Junta de Andalucía en materia de enseñanza superior. Ley l/1992 de Coordinación del Sistema Universitario de Andalucía. El Consejo Andaluz de Universidades. Composición y funciones.

Tema 4. Ley 4/1993 de Creación de la Universidad de Huelva.

Tema 5. Estructura de los estudios universitarios: Ciclos y títulos. Planes de estudio. Los créditos.

Tema 6. Normas de matrícula e ingreso de la Universidad de Huelva. Curso 1995/1996. I.

Tema 7. Normas de matricula e ingreso de la Universidad de Huelva. Curso 1995/1996. II.

Tema 8. Régimen de acceso y permanencia del estudiante en la Universidad.

Tema 9. Normas de ejecución del presupuesto de la Universidad de Huelva

IV. Informática

Tema 1. El microordenador. Generalidades. «Hardware» y «Software». Unidad Central de Procesos. Soportes de información. Unidades de entrada y salida de información. Registros y archivos.

Tema 2. Sistema operativo MS-DOS. Versión 6.0. Generalidades. Arranque del sistema y preparación de un disco. Copia de discos. Copia de archivos. Eliminación de archivos. Creación, eliminación y cambio de directorios.

Tema 3. Gestor de bases de datos: D-Base. Generalidades sobre bases de datos. D-Base: Ficheros de bases de datos. Registros y campos. Tipos de campos.

ANEXO III

Tribunal calificador

Titulares

Presidente: Don Simón Márquez Pérez. Funcionario del Cuerpo Superior de Administradores de la Junta de Andalucía y Gerente de la Universidad de Huelva.

Vocales:

Don Antonio Ramírez de Verger Jaén. Funcionario del Cuerpo de Catedráticos de Universidad y Vicerrector de Investigación de la Universidad de Huelva.

Doña Mercedes Lamparero Domínguez. Funcionaria de la Escala Técnica de Administración de la Universidad de Huelva.

Don Emilio Campos Romero. Funcionario del Cuerpo Superior de Administradores de la Junta de Andalucía.

Don Juan Carlos Castillejo Illana. Funcionario de la Escala Administrativa de la Universidad de Huelva.

Don Antonio Serafín Rodríguez Martín. Funcionario de la Escala Administrativa especialidad en Informática de la Universidad de Sevilla.

Doña María Felisa Tejada Reina. Funcionaria de la Escala Administrativa de la Universidad de Sevilla, que actuará como Secretaria.

Suplentes

Presidente: Don Sixto Romero Sánchez. Funcionario del Cuerpo de Catedráticos de Escuela Universitaria y Vicerrector de Infraestructura de la Universidad de Huelva.

Vocales:

Don Rafael Navas Vázquez. Funcionario del Cuerpo de Catedráticos de Universidad y Vicerrector de Alumnos de la Universidad de Huelva.

Doña Antonia González Palomo. Funcionaria de la Escala Administrativa de la Universidad de Sevilla.

Don José M. López Gómez. Funcionario de la Escala Técnica de Gestión de Organismos Autónomos.

Doña Isabel Carranza Calderón. Funcionaria de la Escala Administrativa de la Universidad de Huelva.

Doña María Luisa López Prado. Funcionaria de la Escala Administrativa de la Universidad de Huelva.

Don Mariano González-Piñero Romero. Funcionario de la Escala de Gestión de la Universidad de Huelva, que actuaría como Secretario.

(ANEXO IV OMITIDO)

ANEXO V

Instrucciones para cumplimentar la solicitud

Escriba solamente a máquina o con bolígrafo sobre superficie dura utilizando mayúsculas.

Evite doblar el papel y realizar correcciones, enmiendas o tachaduras.

No olvide firmar el impreso.

No olvide abonar los derechos de participación. Recuerde que la falta de abono de los mismos implicará la exclusión del solicitante.

En el apartado «Código» no debe especificar ningún dato.

En el apartado «Minusvalía» deberá hacer constar el porcentaje de la misma.

En el apartado «Adaptación solicitada» deberá hacer constar el minusválido si necesita alguna adaptación para la realización del ejercicio.

En los apartados 4A, 4B, 4C y 4D, sólo hará constar la información que, en su caso, solicite la convocatoria.

Se recomienda la lectura atenta de las bases de la convocatoria con anterioridad a la cumplimentación de la presente solicitud.

Si tiene dudas consúltelas en la sección de PAS.

Antes de presentar esta solicitud, por favor verifique:

Si la ha firmado.

Si ha abonado los derechos de examen.

Si aporta copias del documento nacional de identidad.

Si ha completado todos los datos exigibles.

Si aporta la documentación complementaria (en su caso).

ANEXO VI

Declaración jurada

Don/doña con domicilio en y documento nacional de identidad número declara bajo juramento o promesa, a efectos de ser nombrado funcionario de la Escala de la Universidad de Huelva, que no ha sido separado del servicio de ninguna de las Administraciones Públicas y que no se halla inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas.

En Huelva a ........... de de 1996.

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