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Documento BOE-A-1996-729

Resolución de 13 de diciembre de 1995, de la Dirección General de Investigación Científica y Enseñanza Superior, por la que se conceden subvenciones para la estancia de Profesores extranjeros, en régimen de sabático, en centros de investigación españoles, en el marco del programa sectorial de promoción general del conocimiento.

Publicado en:
«BOE» núm. 10, de 11 de enero de 1996, páginas 772 a 778 (7 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación y Ciencia
Referencia:
BOE-A-1996-729

TEXTO ORIGINAL

Por Resolución de la Secretaría de Estado de Universidades e Investigación, de 15 de mayo de 1994 («Boletín Oficial del Estado» de 3 de junio), se convocaba la presentación de solicitudes de subvención para participar en el programa de estancias de investigadores extranjeros, en régimen de sabático, en España (anexo I) y se establecían los requisitos para su concesión.

En cumplimiento del punto 7.1 de la mencionada Resolución, se ha presentado propuesta de financiación por la Comisión de Selección, por lo que, en uso de las atribuciones delegadas por la Resolución de convocatoria, he acordado:

Primero.-La concesión de las subvenciones relacionadas en el anexo I, por considerar que los beneficiarios reúnen los requisitos señalados en los puntos 2 del anexo I y 7 de la citada Resolución de convocatoria.

El gasto propuesto se imputará a la aplicación presupuestaria 18.08.782 del programa 541A, Investigación Científica, desglosado en los ejercicios de 1996 y 1997. La efectividad de la concesión queda condicionada a la aprobación o prórroga de los correspondientes Presupuestos Generales del Estado.

La cuantía de las subvenciones será librada a los organismos receptores, que deberán certificar la incorporación de las mismas a los presupuestos del centro y justificar su aplicación a los fines determinados, mediante la acreditación de la estancia del Profesor invitado y demás condiciones contenidas en el punto 10 de la Resolución de convocatoria.

Segundo.-Denegar las solicitudes relacionadas en el anexo II por no haber alcanzado en el proceso de evaluación el orden de prioridad impuesto en función de las disponibilidades de financiación.

La presente Resolución pone fin a la vía administrativa.

Madrid, 13 de diciembre de 1995.-El Director general, Eladio Montoya Melgar.

Ilma. Sra. Subdirectora de Promoción General del Conocimiento.

(ANEXO OMITIDO)

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