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Documento BOE-A-1996-7317

Resolución de fecha 6 de marzo de 1996, de la Universidad de Extremadura, por la que se ejecuta, en sus propios términos, la sentencia número 262/1996, dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, en el recurso contencioso-administrativo número 940/1993, promovido por don Rafael Mellado Pardo.

Publicado en:
«BOE» núm. 77, de 29 de marzo de 1996, páginas 12222 a 12222 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Universidades
Referencia:
BOE-A-1996-7317

TEXTO ORIGINAL

En el recurso contencioso-administrativo número 940/1993, seguido a instancia de don Rafael Mellado Pardo, y que versa sobre resolución dictada por el Rectorado de la Universidad de Extremadura, de fecha 13 de julio de 1993, por la que se resuelve modificar las calificaciones de las Pruebas de Aptitud para el Acceso a la Universidad, en la convocatoria de junio del curso 1992/93, otorgadas inicialmente al recurrente, aunque se mantiene su calificación definitiva de No Apto, la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura ha dictado sentencia número 262/1996, de fecha 1 de marzo de 1996, cuya parte dispositiva contiene el siguiente pronunciamiento:

«Fallamos: Declarando parcialmente la inadmisibilidad y desestimando, en cuanto al resto, el recurso contencioso-administrativo interpuesto por el procurador don Carlos Alejo Leal López, en nombre y representación de don Rafael Mellado Pardo, contra la resolución del Rectorado de la Universidad de Extremadura, de 12 de julio de 1993, por la que se accedía a la revisión de Pruebas de Aptitud para el Acceso a la Universidad, en la convocatoria del curso 1992/93, acordando la modificación de la puntuación, aunque manteniendo la calificación definitiva "no apto", debemos confirmar y confirmamos al mencionado acto por estar ajustado al Ordenamiento Jurídico, sin hacer especial condena en cuanto a las costas del proceso.»

En su virtud, este Rectorado, de conformidad con lo establecido en los artículos 118 de la Constitución; 17.2 de la Ley Orgánica 6/1989, de 1 de junio, del Poder Judicial, y demás preceptos concordantes de la vigente Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ha dispuesto la publicación de dicho fallo en el «Boletín Oficial del Estado» para general conocimiento y cumplimiento, en sus propios términos, de la mencionada sentencia.

Badajoz, 6 de marzo de 1996.-El Rector, César Chaparro Gómez.

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