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Documento BOE-A-1996-7381

Orden de 19 de febrero de 1996 por la que se ejerce el derecho de tanteo para el Estado sobre varios lotes en subasta celebrada los días 13, 14 y 15 de febrero.

Publicado en:
«BOE» núm. 79, de 1 de abril de 1996, páginas 12348 a 12348 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Cultura
Referencia:
BOE-A-1996-7381

TEXTO ORIGINAL

A propuesta de la Dirección General de Bellas Artes y de Conservación y Restauración de Bienes Culturales, y en aplicación de los artículos 38 de la Ley 16/1985, de 25 de junio («Boletín Oficial del Estado» del 29), del Patrimonio Histórico Español, y 41 del Real Decreto 111/1986, de 10 de enero («Boletín Oficial del Estado» del 28), de desarrollo parcial de dicha Ley,

Este Ministerio ha resuelto:

Primero.-Ejercer el derecho de tanteo para el Estado sobre los bienes muebles que fueron incluidos en el catálogo de la subasta pública celebrada por Durán, Sala de Arte y Subastas, en Madrid, los días 13, 14 y 15 de febrero de 1996, que figuran con el número y referencia siguientes:

Lote número 416: Costurero de madera barnizada en color roble. Tiene asa central y tres cajoncitos extensibles a cada lado. Apoya en patas torneadas unidas por igual travesaño. Medidas: 77 x 25 x 50 centímetros.

Lote número 5160: Conjunto de cuatro chatelaine de plata. Siglo XIX. Rematadas con la llave para el reloj y tres de ellas con sello para lacre. Medidas: 24 centímetros de largo mayor.

Lote número 1361: Tres peinetas de carey: Una rectangular y las otras dos en arco en galería calada. Medidas: 19 centímetros de altura.

Lote número 1362: Tres peinetas de carey: Una rectangular, otra oval recorrida por ochos y la tercera mixtilínea calada con motivos vegetales. Medidas: 24 centímetros de largo mayor.

Segundo.-Que se abone a la sala subastadora el precio de remate de 160.000 pesetas en total, más los gastos inherentes que debe justificar mediante certificado.

Tercero.-Que dichos bienes se depositen en el Museo Nacional de Antropología, que debe proceder a su inclusión en el inventario del patrimonio propiedad del Estado que allí se custodia una vez consumada la venta.

Lo digo a V. I. para su conocimiento y efectos.

Madrid, 19 de febrero de 1996.-P. D. (Orden de 9 de junio de 1994), el Subsecretario, Enrique Linde Paniagua.

Ilmo. Sr. Director general de Bellas Artes y de Conservación y Restauración de Bienes Culturales.

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