Habiéndose dictado por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, con fecha 8 de noviembre de 1995, sentencia firme, en el recurso contencioso-administrativo número 1.204/1994, promovido por doña María Ventura Muñoz y doña María del Rosario de la Calle Baeza, sobre valoración de trienios; sentencia cuya parte dispositiva dice así:
«Fallamos: Que desestimando el recurso contencioso-administrativo interpuesto por doña María Ventura Muñoz y doña María del Rosario de la Calle Baeza contra la resolución que denegó su petición por la que interesaban percibir la totalidad de los trienios en la cuantía correspondiente al grupo actual de pertenencia, debemos declarar y declaramos que dicha resolución es ajustada a Derecho; todo ello sin hacer expresa imposición de costas.»
Este Ministerio ha tenido a bien disponer se cumpla, en sus propios términos, la precitada sentencia.
Madrid, 14 de marzo de 1996.-P. D. (Orden de 14 de marzo de 1995), el Director general de Servicios, José Manuel Sánchez San Miguel.
Ilmos. Sres. Subsecretario y Director general de Servicios.
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