Visto el expediente de indulto de don Juan Carlos Morán Fernández, con los informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, condenado por el Juzgado de lo Penal número 3 de Oviedo, en sentencia de fecha 19 de mayo de 1993, como autor de un delito continuado de falsedad de documento mercantil, a la pena de un mes y un día de arresto mayor y multa de 5.000 pesetas, con las accesorias de suspensión de todo cargo público y derecho de sufragio durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos el 5 de junio de 1989, a propuesta del Ministro de Justicia e Interior y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 15 de marzo de 1996,
Vengo en indultar a don Juan Carlos Morán Fernández la pena privativa de libertad pendiente de cumplimiento, a condición de que no vuelva a cometer delito durante el tiempo de normal cumplimiento de la condena.
Dado en Madrid a 15 de marzo de 1996.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia e Interior,
JUAN ALBERTO BELLOCH JULBE
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