Visto el expediente de indulto de doña María del Carmen Praena Palenzuela, con los informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, condenada por la Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Alicante, en sentencia de fecha 30 de septiembre de 1992, como autora de un delito relativo a la prostitución, a la pena de cuatro años dos meses y un día de prisión menor, multa de 300.000 pesetas e inhabilitación especial por siete años para profesión u oficio relacionado con la moral o la juventud, con las accesorias de suspensión de todo cargo público y derecho de sufragio durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos en el año 1991, a propuesta del Ministro de Justicia e Interior y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 15 de marzo de 1996,
Vengo en indultar a doña María del Carmen Praena Palenzuela la pena privativa de libertad pendiente de cumplimiento, a condición de que no vuelva a cometer delito durante el tiempo de normal cumplimiento de la condena.
Dado en Madrid a 15 de marzo de 1996.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia e Interior,
JUAN ALBERTO BELLOCH JULBE
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