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Documento BOE-A-1996-8264

Orden de 25 de marzo de 1996 por la que se dispone la publicación, para general conocimiento y cumplimiento, del fallo de la sentencia dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo de Santa Cruz de Tenerife del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en el recurso contencioso-administrativo número 1.423/1994, promovido por doña Enriqueta Rodríguez Armas.

Publicado en:
«BOE» núm. 89, de 12 de abril de 1996, páginas 13565 a 13565 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio para las Administraciones Públicas
Referencia:
BOE-A-1996-8264

TEXTO ORIGINAL

La Sala de lo Contencioso-Administrativo de Santa Cruz de Tenerife del Tribunal Superior de Justicia de Canarias ha dictado sentencia, con fecha 24 de enero de 1995, en el recurso contencioso-administrativo número 1.423/1994, en el que son partes, de una, como demandante, doña Enriqueta Rodríguez Armas, y de otra, como demandada, la Administración General del Estado, representada y defendida por el Abogado del Estado.

El citado recurso se promovió contra la Resolución del Ministerio para las Administraciones Públicas de fecha 4 de julio de 1994, que desestimaba el recurso ordinario interpuesto contra la Resolución de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado de fecha 25 de marzo de 1994, sobre remuneración a la persona encargada de la asistencia al Gran Inválido.

La parte dispositiva de la expresada sentencia contiene el siguiente pronunciamiento:

«Fallamos: Que debemos estimar parcialmente el recurso interpuesto anulando por contrario a Derecho, el acto recurrido. Y en su consecuencia, procede declarar el derecho de la recurrente a ser comprendida en el caso de Gran Invalidez, con efectos económicos, intereses desde el cumplimiento de los dos años desde la declaración de la incapacidad permanente es decir desde el 1 de octubre de 1995. Sin costas.»

En su virtud, este Ministerio para las Administraciones Públicas, de conformidad con lo establecido en los artículos 118 de la Constitución, 17.2 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, y demás preceptos concordantes de la vigente Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ha dispuesto la publicación de dicho fallo en el «Boletín Oficial del Estado», para general conocimiento y cumplimiento, en sus propios términos, de la mencionada sentencia.

Lo que digo a VV. II.

Madrid, 25 de marzo de 1996.-P. D. (Orden de 11 de septiembre de 1992, «Boletín Oficial del Estado» del 22), el Subsecretario, Manuel Ortells Ramos.

Ilmos. Sres. Subsecretario y Directora general de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado.

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