En cumplimiento de lo solicitado por la Sala Tercera de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo (Sección Tercera), esta Subsecretaría acuerda la remisión del expediente administrativo correspondiente al recurso contencioso-administrativo arriba referenciado, interpuesto por el «Colegio Oficial de Peritos e Ingenieros Técnicos de Murcia», contra el Real Decreto 1327/1995, de 28 de julio, sobre las instalaciones de desalación de agua marina o salobre.
Asimismo, a tenor de lo dispuesto en el artículo 64.1 de la vigente Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, se emplaza a todas aquellas personas físicas y jurídicas a cuyo favor hubieren derivado o derivasen derechos de la Resolución impugnada, y a quienes tuvieran interés directo en el mantenimiento de la misma, para que comparezcan y se personen en autos ante la referida Sala en el plazo de nueve días, siguientes a la notificación o, en su caso, publicación de la presente Resolución.
Madrid, 14 de marzo de 1996.-El Subsecretario, Fernando Sequeira de Fuentes.
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