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Documento BOE-A-1996-8464

Orden de 13 de marzo de 1996 por la que se da publicidad al Acuerdo del Consejo de Ministros del día 2 de febrero de 1996, en el que se dispone el cumplimiento de la sentencia dictada por la Sección Sexta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, en el recurso contencioso-administrativo número 1/576/1993, interpuesto por don José Luis Sánchez Crespo Rodríguez.

Publicado en:
«BOE» núm. 91, de 15 de abril de 1996, páginas 13734 a 13734 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de la Presidencia
Referencia:
BOE-A-1996-8464

TEXTO ORIGINAL

En el recurso contencioso-administrativo número 1/576/1993, interpuesto por don José Luis Sánchez Crespo Rodríguez, contra resolución del Consejo de Ministros de 16 de julio de 1993, denegando la reclamación de daños y perjuicios formulada por el recurrente, como consecuencia de la anticipación de la edad de su jubilación, acordada en aplicación de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, sobre Medidas de Reforma de la Función Pública, se ha dictado por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo (Sección Sexta), con fecha 15 de septiembre de 1995, sentencia cuya parte dispositiva es del siguiente tenor:

«Fallamos: Que debemos desestimar y desestimamos el recurso contencioso-administrativo interpuesto por don José Luis Sánchez Crespo Rodríguez, contra la resolución del Consejo de Ministros adoptada en su reunión de 16 de julio de 1993, que deniegan la reclamación de daños y perjuicios formulada por la actora derivados por la anticipación de la edad de su jubilación, acordada en aplicación de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, sobre Medidas de Reforma de la Función Pública, cuyas resoluciones debemos confirmar y confirmamos por su adecuación a Derecho, absolviendo expresamente a la Administración de los pedimentos deducidos en la demanda rectora del presente proceso; todo ello sin efectuar expresa declaración respecto de las costas procesales producidas en el presente recurso.»

El Consejo de Ministros, en su reunión del día 2 de febrero de 1996 ha dispuesto, conforme a lo prevenido en la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de 27 de diciembre de 1956, se cumpla, en sus propios términos, la referida sentencia.

Madrid, 13 de marzo de 1996.-P. D. (Orden de 1 de octubre de 1993), el Subsecretario, Fernando Sequeira de Fuentes.

Ilmo. Sr. Subsecretario del Departamento.

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