Habiéndose dictado por el Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha (Albacete), con fecha 29 de septiembre de 1995, sentencia firme en los recursos contencioso-administrativos números 763/93 y 77/94 (acumulados), promovidos por «Ortiz García, C. B.», y don Bienvenido Jiménez Ballesteros, sobre ayuda a la producción de oleaginosas; sentencia cuya parte dispositiva dice así:
«Fallamos: Que, desestimando los presentes recursos acumulados, debemos declarar y declaramos, ajustados a Derecho los actos en ellos impugnados; todo ello sin costas.»
Este Ministerio ha tenido a bien disponer se cumpla en sus propiso términos la precitada sentencia.
Madrid, 19 de diciembre de 1995.-P. D. (Orden de 14 de marzo de 1995), el Director general de Servicios, Francisco Javier Velázque López.
Ilmos. Sres. Subsecretario y Director general del SENPA.
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