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Documento BOE-A-1996-8728

Resolución de 13 de febrero de 1996, de la Dirección General de Seguridad Industrial, del Departamento de Industria y Energía, de homologación e inscripción en el Registro de Envase Metálico de Tapa Móvil, marca y modelo «Llamas, Sociedad Anónima», XXX Pail/TB/A, para el transporte de mercancías peligrosas, fabricado por «Llamas, Sociedad Anónima».

Publicado en:
«BOE» núm. 94, de 18 de abril de 1996, páginas 14158 a 14159 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad Autónoma de Cataluña
Referencia:
BOE-A-1996-8728

TEXTO ORIGINAL

Recibida en la Dirección General de Seguridad Industrial, del Departamento de Industria y Energía, de la Generalidad de Cataluña, la solicitud presentada por «Llamas, Sociedad Anónima», con domicilio social en calle Coll i Pujol, números 90-112, municipio de Badalona (Barcelona), para la homologación e inscripción en el Registro de Envase Metálico, marca y modelo «Llamas, Sociedad Anónima», XXX Pail/TB/A, fabricado por «Llamas, Sociedad Anónima», en su instalación industrial ubicada en Badalona (Barcelona).

Resultando que el interesado ha presentado la documentación exigida por la legislación vigente que afecta al producto cuya homologación e inscripción en el Registro se solicita, y que la «EIC-ENICRE, ECA Sociedad Anónima», mediante informe, certificado y actas con clave 3113-H/002, ha hecho constar que el tipo presentado cumple todas las especificaciones actualmente establecidas por Orden de 17 de marzo de 1986 («Boletín Oficial del Estado» de 31 de marzo), sobre homologaciones de envases y embalajes destinados al transporte de mercancías peligrosas,

He resuelto homologar el tipo del citado producto con la contraseña de inscripción B-434, y definir, por último, como características técnicas para cada marca y modelo registrado las que se indican a continuación:

Marca y modelo:

«Llamas, Sociedad Anónima», 180*170 PAIL/TB/A, 240*228/PAIL/TB/A, 292*276 PAIL/TB/A, 305*288 PAIL/TB/A.

Características: Envase metálico tapa móvil, cónico.

Diámetros 180-170 (mm):

Altura (mm) x volumen (1): 146 x 2,5; 154 x 3; 175 x 3,5; 197 x 4; 220 x 4,5; 235 x 4,5; 246 x 5; 268 x 5,5.

Espesor: Cuerpo x fondo x tapa (mm): 0,24 x 0,26 x 0,27.

Diámetros 240-228 (mm):

Altura (mm) x volumen (1): 212 x 7; 230 x 8; 253 x 9; 276 x 10; 312 x 12; 368 x 15.

Espesor: 0,30 x 0,30 x 0,30.

Diámetros 292-276 (mm):

Altura (mm) x volumen (1): 296 x 15; 324 x 16; 360 x 20.

Espesor: 0,30 - 0,45 x 0,30 x 0,32.

Diámetros 305 x 288 (mm):

Altura (mm) x volumen (1): 230 x 12; 260 x 15; 290 x 17; 332 x 20; 360 x 22; 403 x 25; 425 x 25; 465 x 28.

Espesor: 0,30 - 0,45 x 0,32 x 0,32.

Material: Hojalata Temple (HR 30T) 57.

Cierre: Aro de ballesta.

Envase apilable.

Código: 1A2.

Productos autorizados a transportar por carretera (TPC-ADR), Ferrocarril (RID-TPF) y Mar (IMO-IMDG):

Las materias que pueden ser envasadas y transportadas en estos modelos de envase son todas aquellas consideradas sólidas por el reglamento con una densidad relativa máxima de 1,5 gr/cm, de las clases siguientes:

Clase 3: Las de los apartados 3.º b), 4.º b), 5.º b) y c), 31.º c), 32.º c), 33.º c), 34.º c), y las materias que presenten un grado menor de toxicidad, clasificadas en b) de los apartados 41.º a 57.º, del marginal 2301 del ADR'95.

Clase 4.1: Las admitidas al transporte en bidones metálicos en las páginas 4011 a 4070 del IMDG; y las clasificadas en c), de los apartados 1.º al 17.º, del marginal 2401 del ADR'95.

Clase 4.2: Las admitidas al transporte en bidones metálicos en las páginas 4080 a 4130 del IMDG; y las clasificadas en c) de los diferentes apartados del marginal 2431 del ADR.

Clase 4.3: Las admitidas al transporte en bidones metálicos en las páginas 4136 a 4190, del IMDG; y las clasificadas en c) de los diferentes apartados del marginal 2471 del ADR.

Clase 5.1: Las admitidas al transporte en bidones metálicos en las páginas 5012 a 5092 del IMDG; y las clasificadas en c) de los diferentes apartados del marginal 2501 del ADR.

Clase 5.2: Las admitidas al transporte en bidones metálicos en las páginas 5124 a 5202 del IMDG.

Clase 6.1: Las admitidas al transporte en bidones metálicos en las páginas 6008 a 6183 del IMDG; y las materias tóxicas y sus mezclas clasificadas en c) de los diferentes apartados del marginal 2601 del ADR.

Clase 8: Las admitidas al transporte en bidones metálicos en las páginas 8100 a 8238 del IMDG; y las clasificadas en c) a excepción del galio del apartado 65.º c) y del mercurio del 66.º c), de los diferentes apartados del marginal 2801 del ADR, excepto las del 61.º c).

Clase 9: Las admitidas al transporte en bidones metálicos en las páginas 9009 a 9042 del IMDG; y las clasificadas en c) de los diferentes apartados del marginal 2901 del ADR.

Se excluyen las materias que precisan respiradero por acumulación apreciable de presión en el interior del envase.

Se excluyen las materias que se tienen que transportar a temperatura regulada.

Esta homologación se hace únicamente en relación con la Orden de 17 de marzo de 1986 («Boletín Oficial del Estado» del 31), sobre homologaciones de envases y embalajes destinados al transporte de mercancías peligrosas, por tanto con independencia del mismo se habrá de cumplir cualquier otro Reglamento o disposición que le sea aplicable; debiéndose presentar la conformidad de la producción con el tipo homologado antes del 13 de febrero de 1998 (Orden de 28 de febrero de 1989).

Contra esta Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, se puede interponer recurso ordinario ante el Consejero de Industria y Energía en el plazo de un mes, a contar desde la fecha de recepción de esta resolución, sin perjuicio de poder interponer cualquier otro recurso que se considere oportuno.

Barcelona, 13 de febrero de 1996.-El Director general, Albert Sabala Durán.

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