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Documento BOE-A-1996-8818

Orden de 1 de marzo de 1996 por la que se autoriza el cambio de titularidad de los centros privados de Educación Primaria «San Alfonso I» y «San Alfonso II», y de Educación Infantil «San Alfonso», de Felanitx-Palma de Mallorca (Baleares).

Publicado en:
«BOE» núm. 95, de 19 de abril de 1996, páginas 14241 a 14241 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación y Ciencia
Referencia:
BOE-A-1996-8818

TEXTO ORIGINAL

Visto el expediente promovido por don Antoni Vicens Massot, en representación de la Sociedad Cooperativa d'Ensenyament Es Lladoner, en solicitud de cambio de titularidad de los centros privados de Educación Primaria «San Alfonso I» y «San Alfonso II», domiciliados en las calles Hospicio, 5, y Caridad, 17, respectivamente, y de Educación Infantil «San Alfonso», domiciliado en la calle Morey, 8, todos ellos de Felanitx-Palma de Mallorca (Baleares),

Este Ministerio, de conformidad con el artículo 14.1 del Real Decreto 332/1992, de 3 de abril («Boletín Oficial del Estado» del 9), ha dispuesto:

Primero.-Autorizar el cambio de titularidad de los centros privados de Educación Primaria «San Alfonso I» y «San Alfonso II», y de Educación Infantil «San Alfonso», domiciliados en las calles Hospicio, 5; Caridad, 17, y Morey, 8, de Felanitx-Palma de Mallorca (Baleares), que en lo sucesivo será ostentada por la «Sociedad Cooperativa d'Ensenyament Es Lladoner», que, como cesionaria, queda subrogada en la totalidad de las obligaciones y cargas que afecten a los centros cuya titularidad se le reconoce y, muy especialmente, las relacionadas con las ayudas y préstamos que los centros puedan tener concedidos por el Ministerio de Educación y Ciencia, así como las derivadas de su condición de centros concertados de Educación Primaria, aquéllas que le correspondan en el orden docente y las que se deriven de la vigente legislación laboral.

Segundo.-La modificación de la titularidad no afectará al régimen de funcionamiento del centro.

Tercero.-Contra la presente Orden el interesado podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses desde el día de su notificación, previa comunicación a este Ministerio, de conformidad con lo establecido en los artículos 37.1 y 58 de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, de 27 de diciembre de 1956, y artículo 110.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Madrid, 1 de marzo de 1996.-P. D. (Orden de 26 de octubre de 1988, «Boletín Oficial del Estado» del 28), el Secretario de Estado de Educación, Alvaro Marchesi Ullastres.

Ilma. Sra. Directora general de Centros Escolares.

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